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Tribuna
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Los límites de la transparencia

La transparencia, piedra angular del sistema de regulación de los mercados y de las sociedades cotizadas, está dando muestras de hipertrofia, según el autor, debido a su recurso exagerado. En su opinión, es necesario reconducir el principio a sus justos términos, evitando la idea de que es la solución para todos los males de la empresa

La transparencia se ha convertido en la piedra angular del sistema de regulación de los mercados y las sociedades cotizadas. La transparencia contribuye de forma decisiva a que el comportamiento de los participantes en el mercado sea el correcto. El juez Brandeis, de forma magistral, afirmó que 'la luz del sol es el mejor desinfectante, y la luz eléctrica, el mejor policía'.

La transparencia es fundamental porque un verdadero mercado requiere que la información relevante sea igualmente accesible para todos, y que la calidad de esa información sea lo más alta posible. En el gobierno de las sociedades cotizadas, la función de la transparencia es relativamente diversa. No se trata sólo de que los inversores dispongan de la información necesaria para tomar sus decisiones, sino también de que la información que las sociedades ofrezcan sobre sus mecanismos de gobierno les exponga al escrutinio de sus accionistas y de la comunidad inversora en general, y que con ello las sociedades incorporen las mejores prácticas de buen gobierno, debido a la presión del comportamiento de las sociedades competidoras, y de la opinión de los analistas e inversores.

El modelo de gobierno corporativo de la Unión Europea está basado en la transparencia. De hecho, el principio de 'cumplir o explicar' sólo tiene sentido si las sociedades informan sobre sus prácticas de buen gobierno y los accionistas tienen la oportunidad de pronunciarse al respecto. Esta aproximación presenta grandes ventajas. La más importante, sin duda, es que la transparencia viene a ser una técnica de regulación indirecta, que no impone unos comportamientos determinados, sino que deja libertad a las sociedades de organizarse como crean conveniente, siempre que informen correctamente al mercado.

Sin embargo, el principio de transparencia está dando muestras de hipertrofia en los últimos tiempos. Cada vez que se plantea en Europa una espinosa cuestión sobre la regulación de las sociedades, la respuesta es, invariablemente, mayor transparencia. Este recurso exagerado a la transparencia hace reflexionar sobre los límites de la transparencia y sobre la actual situación política de la Unión Europea.

La transparencia no puede solucionar todos los problemas de las sociedades. La transparencia puede a veces resultar excesiva, y otras veces puede ser insuficiente.

El principio de libertad contractual y la transparencia no son base suficiente para construir un sistema de regulación de las sociedades. El Derecho de sociedades contiene gran cantidad de normas que sólo pueden entenderse al margen de esos dos principios, y sin las cuales no se habría llegado al desarrollo de la gran sociedad anónima actual. Muchos de los conflictos que presenta la regulación de las sociedades cotizadas sólo se solucionan con intervenciones normativas. La transparencia puede ser eficaz en numerosas situaciones, pero para desplegar sus efectos beneficiosos es preciso que se den ciertos requisitos: la información que se ofrece al mercado debe ser correcta, precisa y accesible a los inversores o, por lo menos, a los analistas que hagan el seguimiento de las sociedades. Lo más importante, sin embargo, es que exista una opinión pública y unos medios de comunicación dispuestos a estudiar esa información y a censurar a aquellos que se desvían de las mejores prácticas sin una adecuada justificación. Dejo al lector la consideración sobre si estos requisitos se cumplen efectivamente en España.

Debemos reconocer, además, que la transparencia puede llegar a ser excesiva: esto es lo que ocurre cuando la información que se suministra al mercado es irrelevante, cuando los datos importantes quedan ahogados en una marea de informaciones sin interés, o cuando se requiere a las sociedades que informen sobre el mismo punto en múltiples documentos. Es preciso racionalizar el sistema para conseguir que sea más accesible para el inversor y menos oneroso para las sociedades.

En definitiva, de lo que se trata es de reconducir el principio de transparencia a sus justos límites y a las funciones que le son propias, que son muy importantes, pero también es preciso evitar la peligrosa idea de que la transparencia es la solución para todos los males de las sociedades. Es preocupante que la Unión Europea sólo responda con medidas de transparencia ante cualquier problema que se plantea: en realidad, se trata de una forma de ocultar la incapacidad para llegar a soluciones más avanzadas dentro de una Unión Europea cada vez más heterogénea y en la que prima el proteccionismo. Paradójicamente, la transparencia puede convertirse en una coartada, en una cortina de humo.

José María Garrido. Catedrático de Derecho Mercantil, consejero de Cuatrecasas y miembro del Foro Europeo de Gobierno Corporativo

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