Ley de Competencia: eficacia, independencia y seguridad
El proyecto de Ley de Defensa de la Competencia llega hoy, con la votación en las Cortes Generales, a la recta final de su andadura parlamentaria iniciada el pasado 25 de agosto de 2006. Culmina así un primer paso muy relevante del proceso de reforma y modernización del sistema español de defensa de la competencia, que ha contado con una elevada transparencia y una amplia participación desde su inicio, a través de las consultas públicas realizadas tras la publicación de un Libro Blanco y la redacción del primer borrador.
El gran interés despertado por la reforma de la Ley de Defensa de la Competencia ha permitido contar en la fase de información pública con la participación no sólo de los agentes directamente afectados, como asociaciones de consumidores, empresas e instituciones autonómicas competentes en la aplicación del derecho de la competencia, sino también con la aportación de numerosos departamentos ministeriales, organismos públicos, despachos de abogados e incluso personalidades del mundo académico, entre otros.
Cabe afirmar, por tanto, que la nueva ley se ha ganado el amplio consenso y respaldos recibidos, ya que se ha realizado un esfuerzo para tener en cuenta los diferentes puntos de vista de todos los agentes involucrados, tratando de dar respuesta a sus exigencias y preocupaciones. Prueba de ello es el apoyo unánime de todos los partidos políticos en su paso por el Congreso y el Senado. No es ésta una cuestión baladí. La unanimidad lograda es un activo muy importante de esta ley, que vendrá a reforzar la credibilidad del nuevo esquema institucional de defensa de la competencia que ahora nace.
La nueva regulación apuesta por ampliar los mecanismos de supervisión y de transparencia de la autoridad
Tras 17 años de aplicación práctica de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia, el nuevo texto legal constituye un hito histórico que permitirá modernizar el marco de defensa de la competencia sobre la base de cuatro grandes principios: independencia, eficacia, seguridad jurídica y refuerzo de los mecanismos de supervisión y de transparencia. Al mismo tiempo, la reforma adapta nuestro sistema de defensa de la competencia a la nueva normativa comunitaria, en especial, en lo referente a la modernización en el control de las conductas restrictivas y la aplicación privada del derecho de la competencia a través del recurso directo a los jueces de lo mercantil.
Con la aprobación del proyecto de ley se da cumplimiento al compromiso electoral de dotar a la defensa de la competencia en España de un nuevo marco legal con la integración de las dos instituciones, actualmente responsables de aplicar la ley, el Servicio y el Tribunal de Defensa de la Competencia. Se crea así una autoridad única e independiente, la Comisión Nacional de la Competencia, que, en todo caso, preservará la independencia entre instrucción y decisión a través de la Dirección de Investigación y el Consejo, respectivamente.
El aumento de la independencia tiene su reflejo en las competencias exclusivas atribuidas a la futura Comisión, que será la única autoridad administrativa estatal competente en la persecución de las prácticas restrictivas y en la autorización de las concentraciones. Hasta ahora, el Gobierno tenía una competencia íntegra en lo que a decisiones sobre concentraciones empresariales se refiere.
Cuando entre en vigor la nueva ley, el 1 de septiembre, el Gobierno pasará a jugar un papel de carácter excepcional, pudiendo decidir exclusivamente respecto de aquellas operaciones prohibidas o condicionadas por la Comisión y sólo en los casos en lo que esta participación del Gobierno sea necesaria para preservar el interés general. El marco normativo español se sitúa así en línea con la práctica habitual de las principales autoridades europeas de competencia. Por lo demás, la independencia queda reforzada por la aplicación de los principios de buen gobierno al propio diseño institucional, en particular en lo relativo al régimen de nombramiento de consejeros y presidente, previa comparecencia parlamentaria y por un periodo de seis años no renovables.
El nuevo diseño institucional, con una autoridad única, permite aprovechar sinergias y contribuye así a simplificar los procedimientos, acortar los plazos y reducir el número de interlocutores y la carga administrativa a las empresas. La eficacia de las autoridades de competencia en la detección y persecución de cárteles se verá también reforzada por nuevos instrumentos como el programa de clemencia o leniency (reducción o exención del pago de la multa como contrapartida a la colaboración con la autoridad de Competencia), adoptado por la mayoría de las autoridades a nivel mundial, y por el refuerzo de poderes y métodos de investigación, lo que permitirá priorizar la asignación de recursos a las prácticas más nocivas para el bienestar del consumidor.
La nueva regulación apuesta también por ampliar los mecanismos de supervisión y de transparencia de la autoridad de competencia, un objetivo que tendrá su reflejo en la publicidad de todos los informes y resoluciones de la Comisión, así como a través de las comparecencias de sus miembros ante el Parlamento. A ello debe unirse el papel que jugará la Comisión para aunar los esfuerzos de los órganos jurisdiccionales y los órganos autonómicos en la aplicación de la política de defensa de la competencia, así como la coordinación y colaboración con los reguladores sectoriales.
Las virtudes del nuevo sistema se completan con la ampliación de las funciones de estudio de sectores y mercados de la Comisión y, en especial, con la revitalización de su papel de promotora de la competencia (advocacy). Tras la reforma, estas actividades incorporan, entre otras novedades, la posibilidad de impugnar actos administrativos y realizar informes y propuestas sobre la actuación del sector público en mercados en los que se observe una obstaculización al mantenimiento de la competencia efectiva.
No debe olvidarse que, dado su conocimiento de los mercados y la proximidad a los agentes afectados, la autoridad de competencia juega un papel fundamental en la identificación de aquellas regulaciones y actuaciones públicas que son susceptibles de afectar a la competencia.
La reforma acometida ha sentado, por tanto, unas bases sólidas para la modernización y consolidación del sistema español de defensa de la competencia. El gran reto a partir de ahora será lograr que la optimización del diseño institucional y el refuerzo de las funciones de la Comisión tengan un efecto real sobre los mercados y sobre el bienestar de los consumidores.
David Vegara. Secretario de Estado de Economía, Ministerio de Economía y Hacienda