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Finanzas personales

Saque partido fiscal a su plan de pensiones

Toca rendir cuentas con Hacienda y con ello el momento de intentar sacar el mejor partido fiscal al dinero que ingresó el año pasado en sus planes de pensiones. Con los límites vigentes en 2006, la jugada le puede salir doblemente beneficiosa y deducirse por las aportaciones realizadas en su plan individual y por las que haya hecho su empresa con límites más amplios. Así, dependiendo de su edad, podrá llegar a reducir de su base imponible hasta 48.500 euros.

Sea por estas ventajas fiscales o por la necesidad de ahorrar de cara a la jubilación, los planes y fondos de pensiones siguen creciendo en España y el año pasado registraron incrementos en número, total de partícipes y dinero aportado. Según los datos publicados por el Ministerio de Economía esta semana, en España hay ya más de 10 millones de partícipes que aportaron 8.248 millones de euros a sus planes en 2006.

Para la declaración de este año, a la que aún no afectan los cambios introducidos en la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y que sí deberán tenerse en cuenta a la hora de planificar los movimientos de este año, se pueden reducir de la base imponible las aportaciones realizadas en base a unos límites más generosos, ya sea a través de planes de pensiones individuales o de empresa.

En ambos casos, planes individuales o de empresa, hay un tope general de aportación de 8.000 euros al año que, a partir de los 52 años, se incrementa en 1.250 euros adicionales por cada año con un máximo de 24.250 euros a partir de los 65. En la declaración de este año el contribuyente puede presentar además ambas contribuciones: las individuales y las realizadas por su empresa, que se imputan como rendimientos de trabajo en especie.

Así, podrá sumar ambas cantidades y lograr doble beneficio fiscal. Por ejemplo, una persona de 55 años puede deducirse hasta 11.750 euros por su plan individual y la misma cantidad de las aportaciones de su empresa. Un total de 23.500 euros. Y una de 65 años podrá elevar esta cantidad hasta los 48.500 euros.

¿Cómo cobrarlo?

La reforma del IRPF, que afectará a la declaración del próximo año, ha variado estos límites. Por un lado, se ha aumentado el máximo de las aportaciones que dan derecho a reducción en la base imponible a 10.000 euros anuales- 12.500 euros en caso de mayores de 50 años-, aunque han desparecido los incrementos por la edad. Además, el nuevo límite es conjunto para las aportaciones a los planes individuales y a los de empresa.

Otro punto importante es la forma de cobrar este ahorro. A la hora de percibir la prestación de estos fondos la imposición varía dependiendo de cómo se rescate. En aquellos casos en los que el titular haya percibido la prestación en forma de capital, con más de 2 años desde la primera aportación, el importe total se reducirá en un 40%. Esta reducción también desaparece con el nuevo IRPF, aunque se mantiene para el capital acumulado correspondiente a las aportaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2006. En caso de reembolso en forma de renta periódica se aplicará el tipo impositivo marginal que oscilará entre el 15% y el 45%.

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