La cancelación de hipotecas queda fuera del control de la ley antifraude
La Ley de Prevención del Fraude Fiscal, que entró en vigor el pasado 1 de diciembre de 2006, obliga a consignar en las escrituras notariales todos los medios utilizados en la compra de una vivienda y el número de identificación fiscal (NIF) de los intervinientes. Esta consignación deberá hacerse también en el momento de la inscripción de la hipoteca en registro público, haciendo constar todas las cantidades pagadas y el medio utilizado en cada una de ellas (en metálico, cheque nominativo, al portador, aval, etc.). Sin este requisito no se podrá inscribir la finca en el registro (cierre registral).
La medida fue introducida por Hacienda con el ánimo de seguir mejor la pista al dinero negro y al blanqueo de capitales, frecuentemente ligado al 'boom inmobiliario' de los últimos años.
Pues bien, este control de los medios de pago no será preceptivo en el caso de la inscripción en el registro de la cancelación de una hipoteca, según el Colegio de Registradores de España, que aglutina a los funcionarios públicos encargados de realizar esta tarea.
En su opinión, la ley no fija expresamente qué se ha de hacer en el caso de una cancelación por lo que queda a la interpretación de estos funcionarios. 'Es excesivo aplicar a rajatabla la consignación de medios de pago en las cancelaciones por cuanto se entiende que el banco que ha operado con el comprador de la vivienda ya tiene esa información', comenta Manuel Parga, coordinador de las oficinas liquidadoras existentes en la Comunidad de Madrid.
La medida afecta a miles de interesados. Sólo en febrero se cancelaron en España 74.700 hipotecas, la mayor parte en Andalucía, Cataluña y Madrid.
Esta situación se repite, a su juicio, en otro casos como la 'declaración de obra nueva' que debe realizarse por un consumidor cuando efectúe una rehabilitación de calado en la vivienda de su propiedad. 'Este acto no contiene una contraprestación económica por sí mismo por lo que no será preceptivo exigir los medios de pago utilizados en la obra que vaya a hacerse en el futuro', añade.
Una ley antiblanqueo de capitales
La Ley de Prevención del Fraude establece decenas de medidas antiblanqueo de capitales. Entre ellas se fija la residencia en España de las empresas que, aunque teóricamente están domiciliadas en un territorio de nula tributación o en paraísos fiscales, en la práctica cuenten con la mayor parte de sus activos en territorio español. Por otro lado, las operaciones vinculadas entre una matriz y sus filiales en el extranjero deberán contabilizarse a precios de mercado.En el ámbito interno, y para perseguir a los propietarios de viviendas arrendadas que no declaran sus ingresos, se fija la obligación de consignar la referencia catastral en los contratos de suministro de energía eléctrica y de arrendamiento.