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Fiscalidad

Hacienda amplía la exención por vales de comida y asociaciones

El Ministerio de Hacienda ha actualizado el importe exento para el contribuyente en ciertos rendimientos del trabajo. Para ello ha aprovechado el reglamento del IRPF, aprobado este viernes en Consejo de Ministros, que desarrolla la reforma tributaria que entró en vigor en enero. Concretamente se eleva de 7,81 a 9 euros el límite diario exento en vales de comida que ofrecen muchas empresas a sus trabajadores.

También se amplía de 300 a 500 euros anuales la cuantía del gasto deducible en el IRPF por cuotas satisfechas a colegios profesionales.

Asimismo, se actualiza a 21.300 euros (el año pasado era 20.500 euros) el salario medio anual que se utiliza para determinar el límite de aplicación de la reducción del 40% en caso de opciones de compra sobre acciones (stock options) o participaciones de los trabajadores.

El nuevo reglamento del IRPF incluye otras novedades. Entre ellas se permite que los rendimientos del capital inmobiliario puedan ser negativos (excepto por los gastos de conservación del inmueble y los intereses derivados de la financiación ajena). También se permite considerar como vivienda habitual aquella que reúna tal condición, no sólo en el momento de la venta, sino también hasta dos años antes de la fecha de transmisión. Ello facilitará al contribuyente poder practicarse la exención por reinversión de vivienda habitual.

En cuanto al sistema de módulos, el contribuyente deberá sumar los ingresos de su cónyuge a los suyos para calcular si tiene derecho a pedir su inclusión en el régimen. La facturación máxima es de 450.000 euros al año.

Retención de modulos

El reglamento del IRPF fija el 21 de abril como la fecha a partir de la cual los empresarios del régimen de módulos estarán obligados a practicar la nueva retención (del 1%) por las facturas que emitan a otros empresarios. La renuncia a este régimen finaliza el 20.

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