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Medios

La CE investiga al sector de cintas de vídeo profesional

La CE anunció ayer que ha notificado formalmente una investigación sobre varios fabricantes de material de vídeo profesional para dilucidar si pactaban los precios, violando así la ley de la libre competencia.

La Comisión Europea confirmó que ha enviado un pliego de cargos a varios fabricantes del sector del vídeo profesional (cuyos clientes son principalmente las cadenas de televisión y los productores de contenidos audiovisuales) por posible participación en un acuerdo para pactar los precios y repartirse el mercado, un pacto que vulneraría la normativa europea de competencia.

En un comunicado, el Ejecutivo comunitario indicó que ha enviado un 'pliego de alegaciones' a varias empresas por violar el artículo 81 del Tratado comunitario sobre prácticas empresariales restrictivas. Sin embargo, eludió precisar cuántas empresas han recibido este escrito de acusaciones ni en qué países.

La Comisión Europea explica que las cintas de vídeo para uso profesional se usan para la grabación de imagen, principalmente películas. Las conclusiones provisionales contenidas en el pliego de cargos se basan en los resultados de las inspecciones por sorpresa llevadas a cabo en el año 2002 en las instalaciones de algunas de estas compañías, y en la información adicional aportada por algunos de los participantes en el supuesto cártel que han decidido acogerse al programa de clemencia de la Comisión a cambio de que se le perdonen las multas.

El Ejecutivo de la UE recuerda que el envío de un 'pliego de alegaciones' es una formalidad que ha de cumplirse en las investigaciones comunitarias sobre prácticas restrictivas de la competencia.

Tras recibir la notificación, las compañías tienen dos meses para defenderse por escrito de las acusaciones y también pueden solicitar a la Comisión una audiencia oral, que normalmente se celebra en torno a un mes después de la recepción de la respuesta escrita.

Una vez escuchadas las alegaciones de las compañías, la Comisión tomará su decisión final sobre la existencia del cártel, que puede ir acompañada de multas de hasta el 10% del volumen de negocios anual de la compañía que ha incurrido en ese comportamiento ilegal.

Las faltas. Las normas violadas del artículo 81

La fijación de precios. Según la CE, queda prohibido 'fijar directa o indirectamente los precios de compra o de venta u otras condiciones de transacción.'Controlar la producción. Además tampoco permite 'limitar o controlar la producción, el mercado, el desarrollo técnico o las inversiones'.Reparto del mercado. Y 'repartirse los mercados o las fuentes de abastecimiento', entre otras.

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