Los 'hedge funds' vencen el último escollo normativo para su venta
Los cambios introducidos en el reglamento les darán la flexibilidad que reclamaba el sector
Los fondos de inversión libre o hedge funds ya cuentan con el respaldo normativo que esperaban para echar a andar. Esta figura de inversión quedó regulada el pasado año a través de un esperado reglamento que sin embargo nacía con numerosas lagunas que dificultaban su desarrollo en la práctica. Estas carencias quedaron por fin subsanadas tras la reunión del Consejo de Ministros del viernes, que modificó el reglamento existente para dar más flexibilidad a los fondos de inversión libre y permitir así su despegue.
A falta del pistoletazo de salida definitivo, la industria había ido calentando motores en los últimos meses. Así, la CNMV ha aprobado ya la actividad en hedge funds de una veintena de gestoras y tiene pendiente dar su visto bueno a otra veintena, algunas de ellas de nueva creación para la comercialización específica de este producto.
'En un año podemos lograr que los hedge funds representen un 10% de los activos gestionados en instituciones de inversión colectiva', señalaba recientemente Antonio Carrascosa, director de entidades de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El patrimonio gestionado en fondos de inversión libre ronda ahora los 6.000 millones de euros, lo que supone el 2,5% del total de las instituciones de inversión colectiva, un reducido porcentaje que podrá comenzar a crecer con las novedades introducidas en el reglamento.
La nueva normativa 'pretende flexibilizar el régimen de estas instituciones, especialmente en lo referente al régimen de reembolso, para permitir su pleno desarrollo en España, en paralelo a lo que ocurre en los países de nuestro entorno', según el comunicado emitido tras la reunión del Consejo de Ministros. De hecho, la propia naturaleza de la gestión de hedge funds impone una liquidez más reducida que la del resto de fondos de inversión, por lo que se podrá establecer un límite máximo del importe a reembolsar. A partir de ahora, los fondos de inversión libre podrán prever también un régimen de preavisos de suscripciones y reembolsos más flexible que en el resto de fondos.
Además, se introduce una limitación adicional que no constaba en la redacción original del reglamento por la que se prohíbe a los hedge funds invertir en otros fondos de fondos de inversión libre. Las modificaciones también matizan la exigencia de que el inversor dejara constancia por escrito de que conocía los riesgos inherentes a los hedge funds. Esta obligación desaparecerá en dos casos: en el inversor cualificado, ya que se le presupone ese conocimiento, y cuando se invierte a través de un contrato de gestión individualizada de carteras que autorice a invertir en hedge funds. Por lo demás, se mantiene la limitación de vender fondos de inversión libre únicamente a inversores cualificados por un mínimo de 50.000 euros y a inversores particulares, sólo en el caso de que lo hagan a través de fondos de fondos.