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Tribuna
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Usos y abusos de Aetic

José Luis Cuerda / Soledad Giménez / David de María,/ Ventura Pons / Víctor Manuel / Rosa Vergés

Aetic (Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnológicas de la Información y Telecomunicaciones de España) viene oponiéndose de manera obstinada e injustificada a la Ley de Propiedad Intelectual, a las entidades de gestión y al Gobierno y a todos los partidos del arco parlamentario con el fin exclusivo de defender los intereses económicos de las empresas, mayoritariamente multinacionales extranjeras, que le han convertido en su portavoz, no sabemos durante cuánto tiempo dados los éxitos en los servicios que les presta. El artículo de su actual presidente, Jesús Banegas -publicado en este mismo periódico el pasado día 19 de enero-, es un ejercicio de brillantez formal y de vacío intelectual, y hay en él un número desmedido de incorrecciones y faltas a la verdad de las que vamos a señalar sólo algunas.

l No es la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual la que ha establecido el canon, puesto que éste ya estaba regulado en la anterior. Hubiere podido derogarlo, pero al precio de declarar ilegal la copia privada, ya que, como el señor Banegas sabe, pero oculta, la defensa de la propiedad privada que reivindica se extiende también a las obras de los autores y son éstos los únicos que pueden autorizar la incorporación o no de sus obras a cualquier tipo de soportes.

l No es cierto que los medios técnicos impidan la posibilidad de copias, sino tan sólo que algunos fabricantes lo intentan. Como sabe el señor Banegas, dada su cercanía con la Asociación de Internautas, los mismos que se oponen al canon son los que revientan los códigos protegidos, para continuar, con actuaciones merecedoras de la sanción penal, el fraude que pretende cometer al eludir el pago de la remuneración compensatoria por copia privada.

l El canon no compensa por la piratería, sino por la copia que el consumidor realiza. La piratería está en el Código Penal, mientras que la copia privada es una facultad que el autor concede al consumidor para que pueda realizar copias de su obra. Y son dos cosas distintas.

l No es indiscriminado en la medida en que el legislador ha establecido los mecanismos suficientes para exceptuar de la misma todos aquellos supuestos en los que pueda haberla.

l La fijación de la tarifa compensatoria es independiente del precio del soporte, lo mismo, por cierto, que el precio de la patente que cobran los dueños de las mismas por la comercialización de los CD. Su propuesta es tan disparatada como la que pretendiera fijar el precio de los medicamentos a partir de los excipientes y no de la investigación incorporada a los mismos.

l Los consumidores, que no deben pagar, ya que el obligado es el fabricante que es el que hace el negocio, deben sin embargo saber que la música también es un bien que tiene precio y debe ser abonado para obtenerlo.

l La fijación de una tarifa en el original para compensar la pérdida por copia no resuelve el problema del número de copias que se realizan. Debe ser el soporte idóneo, como muy bien establece la ley, el criterio objetivador del canon, si bien con todas las excepciones que deban realizarse.

l Los contenidos, es decir las obras protegidas, no son freno a la sociedad de la información, sino un incentivo a la misma. El señor Banegas sólo debe leer las encuestas que se realizan y donde, por ejemplo, se demuestra de manera palmaria cómo la demanda de ADSL en los hogares españoles encuentra una de sus primeras causas en la descarga de música y vídeos, normalmente ilegales. Si el señor Banegas pusiese el mismo empeño en atacar las prácticas ilícitas que se llevan a cabo que el que pone en atacar el sistema de copia privada, quizá conseguiría ganar algo de la credibilidad que está perdiendo en este debate ante las autoridades.

l Es cierto que el sistema de copia privada es imperfecto, y le invitamos a que invente uno en el que a partir del derecho exclusivo del autor a decidir en qué soportes se incorpora su obra, se fijen los mecanismos compensatorios. Sinceramente, pensamos que no lo desea y que detrás de la lucha contra la copia privada, un elemento por cierto de difusión y democratización del acceso a los bienes culturales, late el intento de algunas de las grandes multinacionales de construir un mundo cerrado en el que la llave para entrar pretenden tenerla exclusivamente ellos. Eso no va ser posible, al menos mientras en Europa, que tiene de manera mayoritaria implantado este sistema, existan sociedades con una rica tradición cultural en la que los autores y sus obras, y no los dueños de los soportes, son los que ostentan la facultad de decidir cómo se difunden las obras.

José Luis Cuerda / Soledad Giménez / David de María/ Ventura Pons / Víctor Manuel / Rosa Vergés. Autores, socios de la SGAE

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