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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Un sólo mercado y más flexible

La libertad de movimientos de personas es uno de los privilegios más atractivos del prodigioso mercado común, que nació en 1957 con seis países y, tras la incorporación deRumanía y Bulgaria, ahora alcanza ya a 27. Pero esta flexibilidad de las fronteras laborales no ha ido acompañada de una unificación de la normativa laboral, e incluso los derechos básicos recogidos en las directivas han tenido que superar grandes trabas para abrirse camino. Cincuenta años después de la firma del Trabado de Roma, ni las normas que regulan el trabajo ni las que establecen la protección durante y después de la vida activa son uniformes, y puede seguir hablándose de al menos dos o tres modelos sociales diferentes.

Ahora, para tratar de unificar determinados criterios dispersos, la Comisión prepara un Libro Verde del mercado de trabajo, que recogerá las sugerencias de agentes sociales y Gobiernos. En España, la patronal y los sindicatos ya han aportado las suyas, y mientras la primera quiere garantías de flexibilidad en las relaciones laborales, los segundos demandan seguridad, tanto en las situaciones de empleo como de desempleo.

El mercado de trabajo español arrancó en la Transición como uno de losmás rígidos de Europa, aferrado al paternalismo enfermizo del franquismo. Pero las sucesivas aperturas de la economía al exterior han exigido dosis crecientes de flexibilidad en los mercados, y el laboral las ha atendido lentamente. Así, hoy es uno de los más flexibles de la Unión en materia de contratación, aunque mantiene corsés económicos y administrativos en materia de despido. La autorización para los ajustes de plantilla colectivos es ahora casi una reliquia sólo compartida con Suecia yHolanda, y la acumulación de coste indemnizatorio hasta las 42 mensualidades no existe ya en ningún país de Europa. Tiene sentido la petición de CEOE de corregir estas excepciones, así como establecer mecanismos de remuneración coherentes con el desempeño de cada trabajador, sin menoscabar los derechos de los asalariados, aunque afecte al poder de los sindicatos.

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