El Gobierno liberaliza la transmisión de estancos
El Gobierno ha autorizado hoy la libre transmisión de estancos y ha reducido la distancia mínima obligatoria entre ellos hasta 150 metros, al tiempo que ha establecido el sistema de venta a través de máquinas expendedoras para limitar el acceso de los menores al tabaco.
Así lo establece el real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros con el fin de introducir una mayor competencia en el sector del tabaco y contribuir al desarrollo de los objetivos marcados por el Ejecutivo socialista en materia de salud.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha anunciado que los cambios introducidos afectan tanto al mercado mayorista como al minorista y que su principal objetivo es mejorar competencia y productividad.
En cuanto a los estancos, se reducen las distancias entre expendedurías a 150 metros y se amplía el ámbito de actuación para los cambios de emplazamiento. Asimismo, desaparecen las limitaciones diarias de venta y las que existían para el transporte de labores de tabaco.
La norma establece además el sistema de venta a través de máquinas expendedoras de tabaco para que, en todo caso, tengan instalado el dispositivo de limitación de venta a menores.
Facilita la entrada de distribuidores
Respecto al comercio mayorista, frente a la licencia de ámbito nacional, la norma fija licencias para un territorio determinado, al tiempo que elimina la la exclusividad y la necesidad de rotulación e identificación externa de los medios de transporte de tabaco, así como de almacenamiento, para facilitar la entrada de distribuidores. Asimismo, se elimina la obligación de llevar libros especiales a los mayoristas, puesto que la información ya se contiene en los libros y registros que se requieren para las aduanas. En este sentido, se establece la tramitación telemática como regla general.
Las medidas aprobadas, que desarrollan la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos, ya se contemplaban en la Ley de Reformas para el Impulso de la Productividad, en cuanto a estancos, y en la Ley Antitabaco, en lo que se refiere a máquinas de ''vending''.