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Laboral

Ni autónomos ni asalariados

Los expertos creen que la figura legal del 'autónomo dependiente' extenderá la situación fraudulenta y precaria de miles de trabajadores

Los despachos de abogados laboralistas andan agitados y confundidos ante la próxima aprobación del nuevo Estatuto del Trabajo Autónomo. Principales quejas: inseguridad jurídica, lagunas en la regulación, generación de falsas expectativas, aumento de pleitos en los juzgados, ... y todo por la aparición de la nueva y polémica figura legal del 'trabajador autónomo dependiente' (conocidos en el sector como trades).

El Estatuto define a estos trabajadores como 'aquellos autónomos que dependen económicamente de un sólo cliente en, al menos, el 75% de sus ingresos por trabajo'. Para este grupo establece unas condiciones diferentes que para el resto de los autónomos. Así, se les reconoce el derecho a establecer acuerdos de interés profesional, similares a la negociación colectiva. En estos acuerdos, o bien en el contrato con el cliente (que seguirá siendo mercantil), se podrán establecer la jornada máxima, los periodos de descanso o las vacaciones. Además, una disposición adicional del Estatuto deja abierta la puerta al establecimiento de una prestación 'de cese de actividad', similar a la del desempleo para asalariados.

Explicado todo esto, los abogados laboralistas y otros expertos auguran que se avecinan problemas en la aplicación de la ley. Para empezar, en el despacho Sagardoy reconocen que 'son muchas las empresas que utilizan la figura del autónomo dependiente para camuflar una relación laboral de asalariado, dado que esto supone una disminución de costes para el empresario', ya que no paga las cotizaciones sociales y, al tiempo, el trabajador queda más desprotegido que si fuera asalariado.

Dificultad de probar el fraude

Ahora, cuando eso ocurre y el trabajador denuncia su situación, el juez de lo social laboraliza a este trabajador obligando al empresario a que lo convierta en asalariado. 'Pero si el Estatuto regula esta nueva figura, será más difícil probar el fraude del empresario, porque legalizan lo que ahora es ilegal', advierten desde CC OO. Si bien, los expertos de Sagardoy creen que 'seguirá siendo el juez el que diga con su sentencia si el trabajador cumple los requisitos del nuevo trabajador autónomo dependiente o se trata de una relación laboral camuflada de una mercantil'.

La nueva figura del trade 'va a generar la expulsión del mercado laboral por cuenta ajena de muchos trabajadores que actualmente son empleados', añaden en la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas. Los expertos de Sagardoy coinciden en que 'de cara a futuras contrataciones éste es uno de los mayores riesgos, pues muchas empresas contratarán a trades frente a asalariados porque son más baratos'.

Un ejemplo lo constituyen el medio centenar de distribuidores y trabajadores de logística de la empresa Panrico, que permanecen en paro laboral desde el 10 de septiembre -y ocho de ellos en huelga de hambre- porque la compañía les obliga a convertirse en autónomos para seguir trabajando en las mismas condiciones que lo hacen ahora como asalariados de la plantilla.

Pero, además de esta problemática ¿qué ocurrirá cuando los nuevos autónomos dependientes tengan un conflicto con su cliente? pues, a pesar de tener un contrato mercantil, deberán dirimir el problema en los juzgados de lo social, según el futuro Estatuto.

æpermil;ste es, según la Federación Española de Autónomos (incluida en CEOE-Cepyme) el principal punto negro del futuro Estatuto. Fuentes de esta patronal consideran que la obligación de acudir a los juzgados de lo social, que dirimen los conflictos laborales, con una relación mercantil crea 'inseguridad jurídica, ya que sin ir más lejos, los jueces de lo social no saben de derecho civil y mercantil y tendrán que empezar por hacer cursillos formativos'. A esto, hay que sumar que la existencia de más de medio millón de este tipo de trabajadores puede saturar los juzgados de lo social con sus pleitos.

Cuatrecasas propone para evitarlo que se retoque la ley para que los autónomos dependientes puedan seguir acudiendo a los juzgados de lo civil, pero con las ventajas de la jurisdicción laboral: gratuidad y rapidez, ya que se deberían habilitar juicios verbales rápidos y en una sola instancia, como los laborales.

El CES da el visto bueno a la regulación

El pleno del Consejo Económico y Social (CES) dio el miércoles el visto bueno al anteproyecto de la ley del Trabajo Autónomo, con 43 votos a favor y 3 en contra. Entre las propuestas de reforma de esta ley que el CES hace al Ejecutivo, está que defina con más detalle la figura del autónomo dependiente. En concreto, que la norma tenga en cuenta, además de la dependencia económica de al menos el 75% de los ingresos, 'la relevancia técnica, organizativa o productiva de la infraestructura y materiales propios utilizados para la ejecución autónoma del trabajo'. Esto tiene como fin, facilitar al juez que este trabajado no sea un asalariado camuflado como autónomo dependiente. Además sugiere que el hecho de que el Estatuto 'no regule el modo en que el autónomo dependiente obtiene los ingresos', puede crear 'inseguridad jurídica'. En cuanto a la nueva prestación por cese de actividad (similar a la prestación por desempleo), el CES dice al Gobierno que 'debe ser objeto de una ley propia' y diferente.Al margen de estas consideraciones generales, el dictamen del CES incluye 'con carácter excepcional' críticas particulares de sindicatos y empresarios. Pero a pesar de dichas críticas, el dictamen ha sido favorable ya que, según distintas fuentes, los agentes sociales no han querido 'hacer ruido', ni mostrarse divididos, para frenar las aspiraciones de las asociaciones de autónomos de entrar a formar parte del CES, tal y como les prometió el Gobierno del PP.

'Que un trabajador por cuenta propia pida prestación por desempleo es una aberración'

El Estatuto del Trabajo Autónomo abre la puerta a que el Gobierno cree una 'prestación por cese de actividad' para los trabajadores autónomos. A esta medida también le han llovido las críticas. Fuentes empresariales aseguraron que 'un autónomo reclamando una prestación por desempleo es directamente una aberración', ya que, según explicaron, el autónomo, por muy dependiente que sea, arriesga su capital y eso es por definición un empresario.En la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas opinan que esta prestación 'desincentivará la continuación de la actividad empresarial, especialmente en las pymes'. Además, los propios empresarios creen que 'el fraude sería imparable'.Otra de las grandes lagunas del Estatuto -detectada por los expertos del bufete Cuatrecasas- es que no excluye del ámbito de esta ley las profesiones que tienen su propia regulación mercantil, como es el caso de los transportistas, los abogados, los agentes de seguros o agentes en general. En su opinión la nueva norma debería clarificar que no entra en colisión con la regulación de estas profesiones.

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