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Franquicias

El juez desestima una demanda de los asociados contra Telepizza

El juzgado de primera instancia de Alcobendas ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta contra Telepizza por la Asociación de Franquiciados de la cadena. El juez considera que el contrato de franquicia establece que la homologación de los productos debe hacerla la enseña y que, por tanto, no cabe la posibilidad de que los franquiciados contraten a un proveedor alternativo.

Mediante la demanda, interpuesta en febrero de 2004, este grupo de asociados solicitaba surtirse con otro proveedor distinto del habitual para el queso utilizado en las pizzas. La Asociación de Franquiciados de Telepizza pretendía comprar el queso a Lactofresc en lugar de surtirse de productos de Luxtor, en ese momento filial de la matriz de Telepizza y que, según los asociados, imponía unos precios un 30% por encima del exigido a otros compradores no adheridos a la cadena.

Según una nota difundida ayer por la cadena de comida rápida, el juez establece que los productos no pueden ser homologados ya que el análisis pericial ha demostrado que hay diferencias sustanciales entre el queso que pretendían utilizar estos franquiciados y el provisto por la compañía, por lo que no se garantiza la homogeneidad del producto en toda España.

La sentencia detalla que los precios no son un hecho relevante para conceder la homologación pretendida.

Competencia

Este es el segundo revés que sufre la Asociación de Franquiciados de Telepizza por este mismo motivo. Los asociados integrados en esta agrupación denunciaron hace algo más de dos años esta situación ante la Dirección General de la Competencia al considerar que existía abuso de posición dominante en la imposición de precios no equitativos como proveedor.

La Dirección General de la Competencia, sin embargo, decidió, en septiembre de 2004, archivar el caso al no apreciar 'indicio alguno de infracción'.

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