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Tribuna
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Corregir el absentismo de forma eficaz

Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 28 de junio ha aportado algunos puntos de interés a la polémica del uso privado de internet en el trabajo. En concreto, anula el despido de un trabajador que chateaba y veía páginas pornográficas en la oficina y lanza un mensaje al empresario para que sea éste el que regule el uso de internet en el negocio. El fallo apunta que, ante la falta de una prohibición expresa por parte la empresa, se entiende que el empleado estaba autorizado a utilizar su acceso a internet y el correo electrónico, con lo que todos los argumentos presentados para justificar su destitución, vulneran su derecho fundamental a la intimidad. Como resultado, la empresa deberá readmitir al trabajador o indemnizarle con 4.200 euros más 43 por cada día de salario no cobrado desde la fecha del despido.

Usar de forma inapropiada internet en el trabajo no es algo nuevo. Un estudio reciente de Optenet, especializada en reconocimiento inteligente de contenidos, revela que el 49% del uso del ancho de banda en las compañías no tiene nada que ver con la actividad profesional del negocio. Los contenidos que más tráfico generan son: prensa (5,65%), compras (7,32%), entretenimiento (5,15%), música (6,10%), pornografía (5,75%) -esta es, si cabe, la faceta más polémica-, y correo web (5,90%), lo que representa un 30% del uso de la banda ancha total.

Estos usos indebidos hacen que las empresas busquen cada vez más las fórmulas para atajar la evasión de sus trabajadores.

Los empresarios están preocupados porque ven que la productividad de su plantilla decae, por lo que creen necesario imponer normas que limiten el uso de la Red para asuntos personales. Y es que internet es un arma de doble filo. Por un lado, fomenta la eficacia de la actividad en las empresas, facilita las comunicaciones y agiliza los trámites. Pero su versatilidad puede volverse en ocasiones en contra del negocio.

Una política de recursos humanos idónea para resolver estos conflictos es imponer códigos telemáticos o de conducta, o lo que es lo mismo, establecer una serie de recomendaciones generales (reglas particulares e internas de cada compañía) que fomenten el uso responsable de los sistemas de comunicación. Esta práctica constituye un buen instrumento para orientar a los profesionales sobre los modelos de actuación más adecuados en cada caso. A partir de ella, siempre estarán informados respecto a qué y en qué momentos de la jornada pueden consultar o no en la Red.

Como soporte técnico, los expertos aconsejan recurrir a empresas especializadas en el filtrado de contenidos. Dichos filtros realizan, a partir de técnicas inteligentes, un análisis pormenorizado de cada página y aseguran un bloqueo eficaz de las mismas, sin que ello suponga un perjuicio para el desarrollo profesional del trabajador. Por otro lado, son altamente configurables y se adecuan a las políticas y códigos de conducta de cada empresa: navegación por tramos horarios, libre el acceso a la Red durante la hora del almuerzo, restricción sólo de determinados contenidos...

En esta línea, hay usos personales que para determinados empresarios resultan beneficiosos para la productividad del negocio. Es el caso del empleado que necesita ir al banco para realizar una operación; para un directivo siempre será preferible que resuelva la transacción vía online, a que acuda físicamente a la entidad, con la pérdida de tiempo que eso conlleva.

En todo caso, lo verdaderamente importante es que las empresas sean capaces de analizar las desviaciones que se producen en el uso de los recursos, que estudien las causas que generan estas prácticas y, sobre todo, que establezcan acciones específicas destinadas a corregirlas. Además de absentismo y pérdida de productividad, el uso inapropiado de internet puede desencadenar problemas de virus, mala imagen corporativa y, en el peor de los casos, penalizaciones por la visita a sitios web ilegales.

Antes de llegar a ello, y con el fin de evitar situaciones como la mencionada al comienzo, es importante que cada empresa, igual que regula sus horas de entrada y salida, defina y comunique de forma precisa los usos permitidos y prohibidos de los distintos medios informáticos puestos a disposición del trabajador para la práctica de su actividad laboral.

Natalia Gómez del Pozuelo. Directora de Marketing y Distribución de Optenet

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