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Tribunales

Los jueces anulan la prohibición del doble precio de fármacos en España

Los jueces comunitarios anularon ayer parcialmente la decisión de Bruselas que prohibió a la filial española de GlaxoSmithKline elevar el precio de sus medicamentos si el distribuidor pensaba revenderlos fuera de España. La ambigua sentencia no zanja la polémica sobre el comercio paralelo en el sector farmacéutico.

El Tribunal de primera instancia de la UE se quedó ayer a un paso de dictar una histórica sentencia en contra de la reexportación de medicamentos, una táctica comercial que intenta aprovechar los diferenciales de precio que todavía existen en numerosos productos dentro de la UE.

Los jueces reconocen que mientras el precio de los medicamentos esté controlado por los Estados 'no puede presumirse que el comercio paralelo tienda a reducir los precios e incida favorablemente en el bienestar de los consumidores'.

Pero invocando, entre otras cosas, el ahorro que esa práctica puede suponer para los sistemas nacionales de seguridad social, no avalan totalmente el derecho de GlaxoWelcome, filial de GlaxoSmithKline (GSK), a imponer un precio a los medicamentos consumidos en España y otro, más elevado, a los destinados a otros países europeos.

La ambigua sentencia no parece haber colmado las aspiraciones de ninguna de las partes. La multinacional celebró la anulación parcial de la decisión comunitaria que en 2001 prohibió su régimen de doble precio en España, pero los especialistas en competencia califican el resultado como una victoria agridulce.

La Comisión Europea encajó con resignación su derrota, consciente de que el fallo puede minar en el futuro su defensa a ultranza del comercio paralelo. Aunque, como reconoció el portavoz oficial del departamento comunitario de Competencia, 'podía haber sido peor'.

Y la asociación europea de compañías dedicadas al comercio paralelo de medicamentos, que apoyó en el caso a la CE, lamenta que, 'de nuevo, el Tribunal no haya aclarado de manera precisa la aplicación de la ley europea de competencia el sector farmacéutico'.

Los jueces, en efecto, parecen haber titubeado entre los argumentos de Glaxo y los de Bruselas.

Hasta ahora, el Tribunal había respaldado el combate de la Comisión contra las prácticas restrictivas de sectores como la automoción, condenando a Opel o Volkswagen por impedir a sus concesionarios en Holanda o Alemania importar vehículos desde países de la UE más baratos.

En la sentencia de ayer, los jueces critican a la Comisión por no haber tenido en cuenta esta vez 'la característica específica del sector farmacéutico (...) donde el precio de algunos medicamentos no se determina libremente mediante el juego de la oferta y la demanda'. Pero el Tribunal añade que GSK 'no ha logrado invalidar la conclusión de la Comisión sobre la restricción a la competencia que suponen las condiciones generales de su régimen de venta en España'.

Incluso en el reparto de costas, los jueces optan por una solución salomónica. Cada parte correrá con la mitad de su minuta y la mitad del rival. La asociación española de exportadores de medicamentos y la europea cargarán con sus propias costas.

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