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Bolsa

Cómo limitar la suspensión de cotización de los valores

Un informe divulgado por la CNMV propone restringir por ley el plazo máximo de interrupción de las órdenes

Unas 110 compañías listadas en la Bolsa española han visto suspendida su negociación en algún momento durante los últimos cinco años. En ese plazo de tiempo, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) no ha vacilado en aplicar al menos 300 veces el artículo 33 de la Ley de Mercado de Valores, que le habilita para suspender la cotización de una empresa 'cuando concurran circunstancias especiales que puedan perturbar el normal desarrollo de las operaciones sobre esos valores o aconsejen dicha medida en aras de la protección de los inversores'. Ahora bien, ¿cuánto debe durar esa suspensión? Hasta ahora es discrecionalidad absoluta del regulador. Pero un informe, divulgado precisamente por la propia CNMV, propone que se restrinja por ley la duración máxima de las suspensiones.

'El establecimiento de límites legales impondría una mayor disciplina al supervisor que la mera formulación de previsiones que es lo que el ente supervisor viene haciendo desde 2005, a la par que reduciría la incertidumbre actual', explica Elías López Blanco, subdirector de estudios de la CNMV y autor del análisis. 'Los límites (...) podrían considerarse como una particularización de un compromiso más general: el establecimiento de un criterio uniforme y público respecto a la duración de las suspensiones una vez que se hace pública la información asociada a éstas', completa.

Conviene matizar que la CNMV no se pronuncia al respecto. La opinión vertida en el informe corresponde en exclusiva al autor del mismo y no al ente supervisor. La autoridad reguladora alienta este tipo de monografías y actúa de canalizador para su difusión (el informe se puede consultar en la dirección www.cnmv.es/publicaciones/publicaciones2.htm), pero se desvincula completamente de su contenido.

Información privilegiada

El estudio concluye que 'las suspensiones de cotización constituyen una medida eficaz para diseminar información y reducir la asimetría informativa' y señala que 'los precios retornan con rapidez al comportamiento normal tras el levantamiento de la suspensión'. Aunque se han detectado 'comportamientos anticipatorios' de los precios de las acciones en los días previos al anuncio de una opa. Un indicio en toda regla de manejo de información privilegiada

'El retraso de las suspensiones que se observa en anuncios de lanzamiento de opa apunta hacia la oportunidad o momento de intervención como una de las áreas prioritarias de mejora (...). No parece razonable que la suspensión se demore, en este caso, hasta dos sesiones', señala López Blanco.

Eso sí, la CNMV ha hecho un esfuerzo más que notable para acortar los plazos de interrupción. Hace 10 años, entre el 60% y el 80% de las suspensiones duraban más de una sesión; en 2005, el 54,8% de las suspensiones no superaron las 2 horas y 45 minutos de negociación.

Las quejas al regulador caen un 17,4%

El segundo trimestre del año se saldó con 185 quejas y reclamaciones a la CNMV, un 17,4% menos que en el mismo periodo del año pasado, según el informe trimestral publicado por el organismo supervisor. Estas son reclamaciones que se presentan cuando el inversor se considera perjudicado en sus intereses o derechos por alguna entidad del mercado de valores. La CNMV recuerda a los inversores la obligatoriedad de reclamar primero al defensor del cliente de las entidades en cuestión y acudir al ente supervisor cuando hayan transcurrido dos meses sin respuesta o cuando sea ésta insatisfactoria.De las reclamaciones resueltas entre abril y mayo, un 54% se solucionaron contra el demandante, ya que la CNMV no encontró actuaciones incorrectas por parte de la entidad reclamada; en un 27% de los casos sí se le dio la razón al demandante, mientras que en el 19% hubo avenimiento o desistimiento. En el balance semestral, el número de reclamaciones asciende a 403, un 8,8% menos que en el mismo periodo de 2005.

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