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Juicio

El Tribunal Supremo absuelve a Botín, Amusátegui y Corcóstegui

El Tribunal Supremo ha dictado hoy una sentencia absolutoria para el presidente del SCH, Emilio Botín, y los antiguos ejecutivos José María Amusátegui y Angel Corcóstegui por las jubilaciones millonarias recibidas por estos dos últimos, tras la fusión entre el Banco Santander y el Central Hispano.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestima así un recurso de casación presentado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, en 2005, exculpó a Botín, Amusátegui y orcóstegui, de un delito de apropiación indebida o un delito societario de administración desleal por cobrar estas indemnizaciones.

Mientras que el fiscal pedía una sentencia absolutoria, las acusaciones particulares en esta causa, en representación del ex consejero de Banesto Rafael Pérez Escolar y del accionista minoritario del Juan Francisco Franco Otegi, pedían una condena por parte del Supremo por las retribuciones de 43,8 y 108,1 millones de euros cobradas por Amusátegui y Corcóstegui.

El Tribunal Supremo, que condena al pago de los gastos jurídicos a las acusaciones particulares, advierte de que "lo decisivo" es que los órganos de administración del banco (Consejo de Administración y Junta General de Accionistas) tuvieran conocimiento de "tal ventaja de índole económica" para Amusátegui y Corcóstegui, en línea con lo expuesto en la vista del pasado 11 de julio por el fiscal.

"Perjuicio patrimonial"

La sentencia indica también que no está probado que hubiese "perjuicio patrimonial" para el banco recién fusionado, sino que, como consecuencia de esta operación para crear el mayor banco en España, "la sociedad resultó notablemente beneficiada" así como sus accionistas. Además reconoce que los informes periciales presentados por el Banco Santander, a través del catedrático Manuel Olivencia y la asesoría Towers-Perrin, justifican las indemnizaciones recibidas por Amusátegui y Corcóstegui.

Estos tres argumentos fueron utilizados por la defensa de Emilio Botín, a través del abogado Gonzalo Rodríguez Mourullo, quien dejó claro además que tanto Amusátegui como Corcóstegui eran "personas clave" en los órganos de gobierno de la entidad. Por lo tanto, estos desembolsos no constituyeron, según la defensa de Botín, "una desproporción" ya que tampoco fueron "una condición" para la fusión entre el Santander y el Central Hispano, en la línea de lo expuesto por los abogados defensores de Amusátegui (Ramón Hermosilla) y Corcóstegui (Javier Sánchez-Junco).

Acusaciones particulares

Sin embargo, las acusaciones particulares, representadas por Manuel Gómez-Benitez, catedrático de Derecho Penal, y el abogado Josep López, llegaron a indicar que, en 1998, el BCH tenía ya devengados 433 millones de pesetas (2,6 millones de euros) para estos pagos, lo que demuestra que "es una contrapartida que recibieron por la fusión" con el Banco Santander. Según el recurso planteado por las acusaciones particulares, ya desestimado por el Tribunal Supremo, la sentencia de la Audiencia Nacional no resolvía "sobre todos los puntos que fueron objeto de la acusación" por los delitos de apropiación indebida y administración desleal para los que pedían varias penas de prisión (doce años de cárcel para Botín y seis años de prisión para los otros dos ejecutivos).

Además de los tres argumentos de "quebrantamiento de forma", se aludía a dos aspectos recurridos por "infracción de precepto constitucional" y otros dos relacionados con "infracción de ley", referidos a un "error en la apreciación de la prueba", también rechazados por la sentencia publicada hoy. Tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo, fuentes del Banco Santander no han querido hacer, hasta el momento, ninguna declaración.

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