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Cajas

Competencia reabrirá el expediente a Caja Madrid por un seguro hipotecario

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) reabrirá un expediente a Caja Madrid por obligar a sus clientes a suscribir pólizas de vida de su entidad como condición para concederles un crédito hipotecario.

El Tribunal Supremo notificó en la tarde de ayer que ha avalado en una sentencia del pasado 20 de junio esta medida impuesta por la Audiencia Nacional, y rechazado el recurso de casación interpuesto por Caja Madrid. El Alto Tribunal considera procedente el inicio del expediente sancionador tras apreciar 'indicios racionales de la existencia de la comisión de conductas prohibidas por el Derecho de la competencia'.

Antecedentes

La entidad respondió ayer en un comunicado que esta decisión es una mera 'resolución formal, que no entra en el fondo del asunto'. En la nota, Caja Madrid recuerda que 'se trata de un procedimiento del año 2000 ante el Servicio de Defensa de la Competencia en materia de seguros asociados a préstamos'.

En una resolución del 21 de noviembre de 2001, el TDC consideró que no estaba demostrado que la actuación de la institución financiera fuera en contra de la normativa de competencia. En su dictamen, el Supremo considera 'precipitada' esta decisión porque no permitía 'tutelar debidamente los intereses públicos' en materia de competencia.

La Audiencia Nacional, a través de la sección sexta de su sala de lo contencioso administrativo, apreció en una sentencia del 17 de septiembre de 2003 que existían indicios de que la entidad condicionaba la concesión de una hipoteca a la contratación de una póliza de salud con una su aseguradora Caja Madrid Vida.

Según la Audiencia Nacional, la institución encabezada por Miguel Blesa 'priva al usuario de elegir la compañía con la que contratar el seguro', lo que podría considerarse como una 'conducta tipificada de infracción en la Ley de Defensa de la Competencia'.

El órgano judicial también legitimaba a la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), que presentó la denuncia en un principio a Caja Madrid, para recurrir la decisión del TDC al figurar en sus estatutos la defensa de los derechos e intereses legítimos de los clientes de entidades de crédito.

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