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La batalla energética

La OPA de Gas Natural podría causar daños "sustanciales e irreversibles", según el Supremo

El Tribunal Supremo ha hecho público hoy el auto mediante el cual suspendió cautelarmente el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizaba la tramitación de la OPA de Gas Natural sobre Endesa. En el mismo, el Alto Tribunal considera "razonable atenerse a la caución que ya ha sido exigida y prestada ante el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid" por la eléctrica.

Con este auto el Tribunal Supremo ha decidido que "se fija en 1.000 millones de euros dicha caución para cuya garantía puede valer al aval prestado ante dicho juzgado, siempre que las entidades avalistas en aquel procedimiento manifiesten su voluntad de extender a este recurso los efectos del aval prestado, pudiendo en su defecto prestarse garantía o caución suficiente para cubrir los perjuicios en cantidad equivalente".

Endesa, por tanto, no tendrá que hacer frente a la nueva fianza de 1.000 millones de euros que le exigía el Tribunal Supremo para paralizar la decisión del Gobierno de autorizar la operación de la gasista con condiciones.

Efectos inmediatos en la competencia

El Alto Tribunal, que adopta esta decisión al entender que se trata de los mismos perjudicados, por lo que el aval podría ser el mismo, acuerda la paralización de la tramitación de la OPA para evitar los efectos que la toma de control de Endesa por Gas Natural "va a producir en la competencia de manera inmediata y durante el tiempo que medie entre su consumación y la posible sentencia estimatoria que pueda dictarse".

El Alto Tribunal entiende, por tanto, que la operación podría causar daños "sustanciales e irreversibles". El auto, que toma como referencia los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Comisión Nacional de la Energía, asegura que los efectos perjudiciales "no desaparecerán" con las condiciones fijadas por el Gobierno. El Supremo considera que la aplicación de esas condiciones "haría más irreversibles" los perjuicios derivados de la operación

El auto del Supremo, de 33 páginas, cuenta con cuatro votos particulares de los 14 magistrados del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo que se opusieron a la paralización de la OPA. Otros 18 magistrados votaron a favor.

Los cuatro votos particulares

Los cuatro votos particulares incluidos en el auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sostienen que la decisión del Gobierno de autorizar con condiciones la opa de Gas Natural sobre Endesa no perjudica "irremisiblemente" a la competencia, por lo que rechazan la suspensión cautelar decidida. Los citados votos están firmados por 14 magistrados (de los 32 que integran la Sala), entre ellos el presidente, Ramón Trillo. El voto particular de Trillo, que actuó en principio como ponente en este caso, indica que la protección de la competencia "no se ve irremisiblemente afectada" por la autorización.

En su opinión, "no hay peligro real" de que una sentencia favorable a las tesis de Endesa "carezca de efectividad". Trillo asegura que los daños alegados por los recurrentes "son meramente conjeturados y carecen de bases sólidas" o, en todo caso, derivan de acontecimientos posteriores a la propia autorización del Gobierno que son, a su juicio, "hipotéticos y futuros".

Las tesis del presidente de la Sala son respaldadas en otros dos votos particulares, uno formulado por Fernando Ledesma y otro por once magistrados. El cuarto voto particular, firmado por Manuel Vicente Garzón, admite que la OPA puede tener efectos negativos en la libre competencia, pero subraya que el punto de partida, la situación actual, "es todo menos competitiva". Este magistrado considera un "sarcasmo" que pueda apelar a la defensa de la competencia "quien disfruta, y pretende seguir haciéndolo, de un mercado actual en el que la libre competencia brilla por su ausencia".

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