Los juicios por discriminación saldrán más caros a las empresas
La futura Ley de Igualdad entre hombres y mujeres endurecerá las condenas para que sirvan de ejemplo
Cada vez que un juez estadounidense condena a una empresa a pagar una indemnización millonaria está haciendo dos cosas: la primera es compensar a la parte dañada por el daño sufrido; la segunda, lanzar un mensaje a la empresa condenada y al resto del mercado sobre lo que puede ocurrir cuando se vulneran las normas. Es lo que en derecho anglosajón se denomina la doctrina de los punitive damages y explica en buena medida la razón de ser de esas elevadas indemnizaciones que resultan descabelladas a los ojos de los países de tradición jurídica latina.
Hasta ahora en España no existía ese concepto de castigo ejemplarizante en materia de compensación de daños. Tal y como se ha redactado el texto de la futura Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, todavía en fase de anteproyecto, hay expertos que consideran que muy pronto lo habrá y que sus primeras consecuencias recaerán sobre las empresas. 'Las indemnizaciones disuasorias son muy normales en Estados Unidos, pero no en España. El objetivo de la ley al abrir la puerta a este concepto es lograr que la sanción no sirva únicamente para reparar el daño, sino para disuadir a la empresa para que esa conducta no vuelva a ocurrir', explicaba ayer Juan Antonio Linares, socio del bufete Cuatrecasas durante un desayuno organizado por la firma.
Linares puso como ejemplo el caso hipotético de una trabajadora sancionada por pedir una reducción de jornada. 'Actualmente si la trabajadora denuncia a la empresa los jueces le darán la razón y el tema se saldará con una indemnización de 12.000 euros. El problema es que en esa empresa se ha creado un precedente sobre lo que puede pasar si alguien pide una reducción de jornada. Si por el contrario el juez impone a la compañía un castigo económico muy alto, el resto de las trabajadoras tendrán la seguridad de que en esa empresa no se volverá a sancionar a nadie por pedir una reducción', explicó.
Entre las consecuencias que ese endurecimiento de las condenas puede tener para las empresas figura también la posibilidad de enfrentarse a demandas estratégicas, un término con el que se hace alusión a las demandas falsas, presentadas con fines vengativos o interesados. Un fenómeno que, según algunos expertos en derecho laboral, se está produciendo en España en el campo de las demandas por acoso laboral. 'Estamos viendo casos de empleados que plantean demandas estratégicas por acoso; es un fenómeno que está floreciendo de forma preocupante. Desde nuestro punto de vista, la entrada en vigor de la ley va a dar lugar a una conflictividad muy complicada, porque estamos hablando de demandas con un peso económico importante', señalan los expertos del bufete.
Otra cuestión a tener en cuenta es la posibilidad, establecida en la ley, de que el juez sume a la indemnización por discriminación, la indemnización por despido, en los casos en que se den ambas circunstancias.
Acoso sexual
El consejo unánime para prevenir este tipo de demandas es seguir con atención las obligaciones que impone la ley, dirigidas a evitar tanto los casos de discriminación como los de acoso sexual. En el primer caso, el texto obliga a elaborar un plan de medidas para garantizar la igualdad a tres grupos de empresas: aquellas con más de 250 trabajadores, aquellas cuyo convenio colectivo contemple esta medida y aquellas que hayan sido sancionadas por la autoridad laboral a las que se permita sustituir la sanción por la elaboración de un plan de estas características. En el resto de las empresas, la medida será voluntaria.
Entre las medidas a incluir por el plan ocupan un lugar destacado las destinadas a prevenir el acoso sexual. 'Las empresas van a tener que actuar. Habrá que crear códigos, establecer protocolos y procedimientos. Son planes muy comunes en las empresas estadounidenses y la clave para que funcionen es que la dirección se involucre', explicó Fernando Ruiz, abogado de Cuatrecasas. Precisamente ayer, un informe del Instituto de la Mujer aseguraba que cerca del 15% de las trabajadoras españolas ha sufrido acoso sexual en el último año.
El CES rechaza los consejos paritarios
El Consejo Económico y Social (CES) rechazó ayer en su dictamen sobre el anteproyecto de Ley de Igualdadla obligación de alcanzar una composición paritaria en los Consejos de Administración de las empresas como establece el texto legal.El Pleno de este órgano consultivo acordó esta decisión por 24 votos a favor y 23 en contra tras la inclusión de una enmienda de la patronal al dictamen. Al término del Pleno, la CEOE anunció un voto particular, fundamentalmente porque se opone a la imposición de negociar en los convenios las medidas y planes en favor de la igualdad entre hombres y mujeres.Según explicó José Luis Lacaye, de la CEOE, el anteproyecto salva o modula su aplicación en las administraciones públicas y en las fuerzas y cuerpos de seguridad, por tanto también 'debe considerar que las empresas tienen regulado su funcionamiento por una normativa mercantil específica'.A su juicio, las empresas se rigen por criterios de eficiencia e idoneidad equiparables a los de méritos y capacidad que rigen en la Administración, y la exigencia de porcentajes o cuotas 'resulta incompatible con dichos criterios'.En el anteproyecto, aprobado en Consejo de Ministros el 3 de marzo, el Gobierno quiere lograr la paridad en cuatro años en los consejos de administración y, para conseguirlo, favorece en los contratos públicos a las compañías que, con igualdad de ofertas, presenten mejores ratios de igualdad.Las tesis de CEOE fueron rechazadas por CC OO que considera que la obligación constitucional de conseguir la igualdad de hombres y mujeres en todas las esferas está por encima del principio de la libertad de autonomía de los empresarios.