La banca debe devolver el crédito a alumnos de Cambridge
La Audiencia de Barcelona ha condenado a varias entidades bancarias a cancelar los préstamos contraídos por los alumnos de la academia de idiomas Cambridge English School y a devolverles el dinero abonado y los intereses cobrados desde la suspensión de pagos de la academia, decretada el 10 de febrero del 2003. Con esta sentencia se revoca la anterior del juzgado de primera instancia número 31 de Barcelona, que condenó a cerca de 554 alumnos afectados por el cierre de esta academia a liquidar la totalidad de los créditos bancarios que habían suscrito para pagar unas clases de inglés que al final no recibieron.
Cambridge fue la cuarta academia de idiomas que cerró durante la crisis que vivió la enseñanza no reglada de idiomas y, de los 9.000 alumnos afectados, 554 decidieron acudir a la vía judicial para pedir que los créditos fueran cancelados.
La Audiencia de Barcelona considera que los préstamos sí estaban directamente vinculados a la prestación del servicio de la academia de inglés y prueba de ello, según la sentencia, es que no se ofrecía la posibilidad de contratar el préstamo con la entidad que se quisiera, sino con la que la academia decía y que si se efectuaba el pago al contado, el precio disminuía un 10%.
'Ante la falta de percepción de las clases por los alumnos, éstos sufren tal pérdida y la academia viene obligada en contrapartida a devolver la parte del precio del curso no impartido', señala la sentencia, que niega la gratuidad en la concesión del crédito que alegaban las firmas financieras.
Las entidades financieras afectadas son Pastor Servicios Financieros, Caja Madrid, Financia Banco Crédito, Banco Santander Central Hispano y Montjuic EFF.