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CNMV

Conthe corrige la norma de la 'ley de opas' que Pizarro esgrime contra La Caixa

Los expertos del grupo de trabajo presidido por Manuel Conthe han decidido enmendar la plana al propio real decreto sobre opas al elaborar su Código Unificado. Y lo han hecho justo en un punto que resulta clave en la denuncia de Endesa en la que la eléctrica pide a la CNMV que exija a La Caixa lanzar una opa sobre el 100% de Gas Natural y que anule los acuerdos del consejo de esta, incluido el de la oferta sobre Endesa.

El artículo 3.9 del real decreto de opas establece una serie de supuestos en los que se presume que un consejero representa a un accionista (como La Caixa en Gas Natural). Así, entre otros supuestos, se considera dominical a un consejero 'cuando el acuerdo de nombramiento se haya adoptado contando con los votos a favor emitidos por el titular de la participación significativa o por sociedades pertenecientes a su mismo grupo' o por otros consejeros dominicales del mismo accionista.

A la hora de definir a los consejeros dominicales en el Código Unificado, el grupo presidido por Conthe ha decidido mantener todas las presunciones del citado artículo salvo precisamente esa, que es la esgrimida por Endesa. Si los independientes del consejo de Gas Natural hubieran sido elegidos con el voto a favor de los representantes de La Caixa, se presumirían consejeros dominicales de esta y, salvo prueba en contrario, eso obligaría a la entidad catalana a lanzar una opa sobre el 100% de la gasística.

En una nota a pie de página, el Código Unificado subraya que el citado supuesto 'ha sido criticado con motivo', oponiéndose tácitamente al mismo. El texto del grupo que preside Conthe argumenta que 'los consejeros de las sociedades cotizadas son nombrados con frecuencia con el voto favorable de todos los accionistas significativos y sus consejeros, sin que de ese hecho pueda deducirse una relación dominical con todos ellos'.

Aunque esa opinión suscrita por Conthe pueda resultar interesante, fuentes jurídicas señalaban ayer que una cosa es el juicio personal o doctrinal que se tenga sobre lo acertado de una norma y otra muy distinta la obligación de atenerse a lo que dice la ley a la hora de resolver el expediente.

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