Las sociedades no cotizadas darán a sus activos el valor de mercado
Uno de los elementos más característicos de la contabilidad internacional, el valor razonable del activo, tan alejado de los conceptos contables españoles, va a acabar por incorporarse a nuestro ordenamiento. Así lo recoge el anteproyecto de ley que ultima el Gobierno para acercar la contabilidad española a la internacional, que ya aplicaban desde 2005 las compañías cotizadas en sus cuentas consolidadas.
La introducción del principio de valor razonable fue uno de los aspectos más controvertidos sobre los que se discutió ante la llegada de las nuevas normas contables internacionales, las NIC o NIIF. Se trata de un concepto alejado de la tradición contable española que, sin embargo, va a acabar por incorporarse a través de la reforma del Código de Comercio y la Ley de Sociedades Anónimas que prepara el Gobierno con la intención de armonizar la contabilidad española con la internacional.
El presidente del ICAC, José Ramón González, explica que 'lo razonable es que las normas contables evolucionen para que tengan como referencia las normas internacionales y que exista una convergencia'. La aplicación del criterio de valor razonable a la contabilidad española supone que los activos de una compañía se valoren según su precio de mercado, mientras que la contabilidad española ha utilizado tradicionalmente el de coste histórico, por el cual se contabiliza el precio de adquisición (lo que ha pagado la empresa por un bien más los gastos asociados a esa compra).
Eso sí, el anteproyecto de la norma aclara que el empleo del valor razonable 'se ha limitado a determinados instrumentos financieros'. Pero deja la puerta abierta a que en el futuro pueda aplicarse 'a nuevos elementos patrimoniales'. El presidente del ICAC, organismo que ha impulsado una reforma en la que trabajan conjuntamente los ministerios de Economía y Justicia, aclara que la ley, según está planteada, sólo contempla la aplicación del valor razonable a los instrumentos financieros. 'Allí donde sea obligatorio en los reglamentos europeos. En el resto, se optará por el valor de adquisición', explica González.
La reforma que está acometiendo el Gobierno se basa en las recomendaciones del grupo de expertos que elaboró el Libro Blanco de la contabilidad. æpermil;stos consideraron imprescindible lograr una sintonía con lo regulado en las normas internacionales de información financiera adoptadas por la UE. El presidente del ICAC señala que la reforma que 'evolucionará' las normas contables españolas hacia las internacionales tiene dos objetivos. Por un lado, lograr una mejor comparabilidad con las cuentas internacionales y además, facilitar la vida a las empresas que están obligadas a presentar cuentas con criterios internacionales para los estados consolidados y españoles para las individuales. Con el acercamiento de la contabilidad española a la internacional esta tarea será más fácil. Además de la incorporación del criterio de valor razonable, la reforma contempla la inclusión de nuevos elementos que acompañarán al balance, cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria.
Se trata de dos nuevos documentos que recogerán los cambios en el patrimonio neto y un estado de flujos de efectivo, aunque éste último sólo deberá elaborarse por las empresas que no formulen balance y memoria abreviados. También el fondo de comercio contará con un nuevo tratamiento. No se amortizará y se contabilizará al cierre de cada año al coste, menos cualquier pérdida por deterioro.
Se mantendrán las adaptaciones sectoriales
La reforma contable que está en marcha conservará una de las joyas más apreciadas por quienes se encargan de preparar las cuentas en las empresas. Se trata de los planes sectoriales, que adaptan las normas contables a las características de cada sector empresarial.Y será así, porque en opinión del presidente del ICAC, José Ramón González, la reforma no tiene la intención de tirar la contabilidad española a la papelera, sino de introducir los elementos necesarios para lograr un mayor acercamiento a las normas internacionales.Otro de los aspectos característicos que mantendrá la futura contabilidad española es la de la unidad en la estructura de presentación de cuentas.Se trata de un elemento que no existe en las normas contables internacionales y que, precisamente, está siendo uno de los elementos más criticados por los expertos. æpermil;stos consideran que la presentación de cuentas sin un formato específico puede llegar a producir tal disparidad a la hora de presentar las cuentas con normas internacionales que se rompa la homogeneización y comparabilidad que se busca con su aplicación.La reforma contable que prepara el Gobierno sí contempla la existencia de una estructura determinada para la presentación de las cuentas. Sin embargo, el anteproyecto de la reforma no establece cuál será el formato de presentación, ya que este tipo de aspectos, junto a determinados criterios de valoración de los elementos que integran las cuentas anuales, deberán ser desarrollados posteriormente en un reglamento.La futura norma contendrá además la obligación de depositar las cuentas consolidadas de las sociedades que apliquen normas contables internacionales en el Registro Mercantil ajustándose a los modelos que se aprueben reglamentariamente. El anteproyecto explica que esta obligación tiene el objetivo de homogeneizar la información financiera recogida en las cuentas anuales que se elaboren de acuerdo con los reglamentos de la Comisión Europea, ya que estos no contemplan su elaboración en un modelo oficial. Se trata una vez más de lograr la mayor facilidad de comparación entre las distintas contabilidades.