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Actualización

Trabajo actualiza las tablas de pensiones de accidentes laborales

El cambio en la esperanza de vida de los españoles y la revalorización de las pensiones ha llevado a la Seguridad Social a poner al día las tablas de mortalidad que se utilizan para calcular las prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Según informa el Ministerio de Trabajo, cuando se produce un accidente de trabajo que provoca la invalidez o muerte del trabajador, las Mutuas pagan el coste de la pensión correspondiente, calculado mediante tablas establecidas sobre las expectativas de vida.

En el caso de empresas que hayan incumplido sus deberes de cotización, son éstas las que deberán abonarlas, más un recargo del 5% por falta de aseguramiento. Cada año se tramita una media de 2.000 expedientes de responsabilidad empresarial, según Trabajo.

Con la actualización ahora ordenada por Trabajo (la última fue en 1962), se aumentan entre un 40% y un 50% los capitales coste de renta de las pensiones derivadas de accidentes laborales con cargo a las Mutuas y a las empresas que sean declaradas responsables de esas prestaciones.

La orden establece un tipo de interés técnico o de actualización del 4% y, en congruencia con el mismo, se fija una tasa de revalorización anual acumulativa del 2%. Además, la orden da la opción a las Mutuas de capitalizar de forma voluntaria las pensiones derivadas de enfermedades profesionales, que podrán compensar con la correspondiente reducción de su aportación a los Servicios Comunes de la Seguridad Social.

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