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Infracción de la ley

Los municipios podrán multar a sus vecinos con 6.000 euros

El anteproyecto de Ley Básica del Gobierno y la Administración Local fija un endurecimiento de las multas por infracción de las ordenanzas locales, que pueden llegar a los 6.000 euros.

El borrador de anteproyecto, redactado por el Ejecutivo central y en fase de información a los municipios, duplica las sanciones permitidas en la actualidad por la Ley de Bases de Régimen Local de 1985. Por infracción leve, los ayuntamientos podrán imponer multas de hasta 1.500 euros, que serán de hasta 3.000 euros si son graves. En caso de infracciones muy graves a la ordenanza (como el deterioro de las infraestructuras, equipamiento e instalaciones o la obstrucción para el uso de un servicio público), las multas se extenderán hasta los 6.000 euros (el doble que en la actualidad).

El Gobierno quiere con ello dotar a los municipios de instrumentos precisos para evitar desordenes públicos y la infracción reiterada de las normas locales por parte de algunos ciudadanos. Estas sanciones podrán sustituirse 'por trabajos de valor equivalente para la comunidad local' cuando así lo acuerde el Consistorio y el afectado.

El texto incluye otras novedades importantes como un listado de competencias de los ayuntamientos, un asunto largamente reivindicado por la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), deseosa de que se aclare el 'espacio local' frente a la expansión normativa de las comunidades.

El borrador de la ley contempla, así, una lista detallada de 15 competencias exclusivas, que el Gobierno central blinda para los ayuntamientos y fija otra lista de 22 competencias que queda abierta al diálogo con comunidades autónomas y el propio Estado central para ser compartidas o delegadas parcialmente. Entre éstas figuran, de forma genérica, las de sanidad, inmigración, empleo, educación o protección civil. Además, contempla una tercera lista de 'servicios obligatorios' a gestionar por los ayuntamientos, entre ellos, los servicios sociales de atención primaria, la gestión de parques e instalaciones deportivas o el abastecimiento de luz y agua.

Por otro lado, el texto fija la creación de una 'conferencia general de política local' para coordinar la política económica con Estado y comunidades, y la participación de los municipios en instituciones estatales como los consejos sectoriales. El control de incompatibilidades se garantiza con medidas como la obligación de que los concejales hagan una declaración de su patrimonio. Los entes locales deberán también formar un inventario de su bienes. El Gobierno prevé aprobar el anteproyecto en febrero, tras recoger las recomendaciones de la FEMP.

La lista competencial: lo que corresponde a los municipios

Gestión del padrón municipal de habitantes.Fomento del asociacionismo.Ordenación del uso de equipamientos e infraestructuras.Protección de autoridades y custodia de edificios.Gestión y conservación del patrimonio municipal.Participación en la programación de la enseñanza y creación de centros docentes.Formación ocupacional.Regulación de actividades económicas y empresariales.Control sanitario de edificios y lugares de vivienda.Regulación de sistemas arbitrales de consumo.Conservación del patrimonio histórico-cultural.Promoción y gestión de vivienda pública e intervención en los planes autonómicos.Promoción turística local.Ordenación del tráfico.Urbanismo. Elaboración y aprobación de planeamientos así como gestión, ejecución y disciplina urbanística.

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