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Nuevo reglamento

Se reducen los plazos de registro y se aprueban los fondos por compartimentos

El reglamento de instituciones de inversión colectiva tiene entre sus objetivos la simplificación administrativa con el objetivo de reducir plazos y costes para las gestoras. De este capítulo, lo más reseñable es la creación de los fondos por compartimentos.

La normativa anterior exigía que todas las acciones o participaciones de un fondo o sociedad tuvieran las mismas características y derechos, lo que obligaba a las gestoras a crear por ejemplo dos fondos idénticos con diferentes regímenes de comisiones, uno para inversores institucionales y otro para minoristas.

Los fondos por compartimentos permiten que existan distintas clases de participaciones o acciones.

Esta estructura permite comercializar el mismo fondo a través de distintos canales, por ejemplo, vendiendo acciones de un compartimento a los pequeños inversores, y acciones de otro, con comisiones diferentes, a los institucionales.

Políticas de inversión

Los fondos por compartimentos permiten asimismo que dentro de un mismo fondos existan diferentes políticas de inversión, otorgando más diversidad a la industria.

Toda esta simplificación redunda en un notable ahorro de costes para las gestoras, que podrán aprovechar las economías de escala que genera la estructura por compartimentos. æpermil;stos tendrán requisitos menores tanto de partícipes como de patrimonio mínimo, que será de 600.000 euros por compartimento frente a los tres millones de un fondo.

El procedimiento de autorización de los nuevos compartimentos es también más sencillo que el de los fondos. La autorización de los fondos y sociedades por compartimentos se reduce a tres meses. Los requisitos de documentación son también menores.

Los plazos de autorización también se reducen en el caso de los fondos normales. La normativa anterior establecía un plazo de seis meses. El reglamento reduce el plazo en un mes, hasta los cinco.

Además, se introduce un procedimiento simplificado de autorización y registro que permitirá a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordar en un único acto la autorización e inscripción de un fondo en el registro de la CNMV, en un plazo máximo de tres meses. En los restantes casos se mantienen cinco meses para la autorización y uno para el registro.

El nuevo reglamento simplifica también los trámites al permitir la fusión por absorción entre fondos y sociedades de inversión. No obstante, no permite la fusión entre fondos o sociedades mobiliarias e inmobiliarias.

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