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Participación

España firma con China un acuerdo de protección cruzada de las inversiones

El Consejo de Ministros autorizó el viernes la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Popular China para la promoción y la protección recíproca de inversiones, que sustituye al firmado en febrero de 1992. Establece un marco jurídico que recoge las condiciones necesarias para favorecer las inversiones entre ambos países y la protección de las mismas.

Las inversiones cubiertas por el Convenio son la propiedad de bienes muebles e inmuebles así como otros derechos reales tales (hipotecas y prendas). También protege las acciones, títulos, obligaciones y cualquier otra forma de participación en sociedades; los derechos derivados de todo tipo de aportaciones monetarias que tengan un valor económico asociado a una inversión; la propiedad industrial e intelectual y para realizar actividad económica y comercial, incluida la explotación de recursos naturales.

Se concederá en todo momento un tratamiento justo y equitativo, y plena protección y seguridad jurídica a las inversiones realizadas por inversores de un país en el territorio del otro. Se prohíbe la nacionalización o expropiación de las inversiones de cualquiera de los dos países en el territorio del otro, salvo por causa de interés público o interés social.

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