La reforma laboral pendiente
Un año más vuelven a los medios de comunicación las noticias acerca de la reforma laboral. En este último intento de reforma se está intentando llegar a un consenso entre patronal y sindicatos y, dado que la cuestión de la reforma laboral resulta complicada, por el momento, parece que se retrasa y los interlocutores no son optimistas en sus declaraciones sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo en los próximos meses.
Los dos temas principales planteados por patronal y sindicatos en un intento de mejorar el mercado de trabajo (temas que, por otro lado, ya se han planteado en reformas anteriores) son reducir la temporalidad en el empleo y los costes del despido, que no dejan de ser asuntos que preocupan tanto a unos como a otros, por lo que llegar a un acuerdo respecto a ellos es, insistimos, complicado.
En relación a uno de los temas más candentes de la reforma planteada, la reducción de los costes que lleva aparejados el despido, el Gobierno ya ha apuntado la posibilidad de reducir la indemnización por despido de 45 días de salario por año de servicio a 33 días. Esto es algo que ya se introdujo en el año 1997 (mediante la Ley 63/97, de 26 de diciembre, sobre Medidas para el Fomento del Empleo) para los ceses objetivos posteriormente reconocidos como improcedentes por la empresa respecto de los contratos para el fomento de la contratación indefinida.
Cierto es que determinados sectores consideran que reducir el coste de los despidos animaría a los empresarios a contratar a más personal, pero también tiene la contrapartida de que pueda surgir una tendencia en sentido contrario, la cual entendemos que tendría sus principales efectos a corto plazo, tendiendo a normalizarse a medio/largo plazo.
A lo mejor, un término medio razonable para ambos sectores sería no reducir la cantidad lineal de 45 días de salario por año sino reducir el tope de 42 mensualidades que la ley prevé para dicha indemnización (equivalente a tres años y medio de salario), y establecer dicho tope más en consonancia con la duración máxima de la prestación por desempleo (dos años).
Dicho cambio, proporcionaría despidos un poco más baratos en aquellos casos en los que el empleado ha acumulado una extensa antigüedad en la empresa, medida que, en cierta manera, aliviaría algo a los empresarios.
Asimismo, y respecto al tema de la reducción de la temporalidad en la contratación, que efectivamente es un tema que habría que tratar y habría que reformar, sin olvidarnos de que existen situaciones coyunturales que avalan la existencia de un contrato temporal, quizá la solución se encuentre no sólo en tratar de reducir la temporalidad a efectos de crear estabilidad en el empleo, sino en establecer las medidas necesarias que la controlen debidamente, para evitar determinados atropellos que se están cometiendo actualmente (como la sucesión o cadena de contratos temporales o el uso de los mismos para actividades ordinarias y habituales de las empresas) o en hacer más atractivos los contratos de carácter indefinido.
Tampoco habría que descartar la posibilidad de un contrato temporal de larga duración (al estilo del antiguo contrato de fomento de empleo) que permitiera a los trabajadores jóvenes un acceso inicial y mínimamente estable al mercado laboral, el cual no se vería perjudicado por los temores empresariales a una futura indemnización
En este sentido, es importante tener en cuenta que si la reforma se dirigiera a fomentar un contrato indefinido, con las condiciones legales actuales, probablemente no habría un incremento notorio de la contratación (salvo que viniera acompañada de medidas interesantes a favor de la reducción del coste de la Seguridad Social) y, además, las empresas buscarían resquicios legales para poder tener personal de forma temporal.
Así, por ejemplo, los empresarios podrían establecer en los contratos de trabajo periodos de prueba en su máximo de duración, y servirse de dichos periodos probatorios para prescindir de los trabajadores antes de su término, lo que supondría una terminación contractual todavía más barata que si hubieran sido contratados a través de un contrato temporal por el mismo periodo de tiempo.
Por lo tanto, y dado que aquí lo verdaderamente importante es garantizar una estabilidad económica y un mercado de trabajo sano y competitivo, la reforma laboral no sólo debería hacerse sino que se debería intentar llevar a cabo de forma responsable y seria, tratando de mejorar, de verdad, las deficiencias de nuestro mercado, en beneficio de todos o, al menos, de la mayoría. Y esta es una cuestión que, insistimos, no resulta nada fácil.