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Italia

La Audiencia desestima dos recursos para evitar el cierre del RAI

La Audiencia Nacional ha rechazado los dos recursos interpuestos por el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) para evitar que se suspendiera cautelarmente su cierre, decretado por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) en febrero.

El auto, que no puede recurrirse, considera que no debe suspenderse la ejecución de la decisión del TDC. La Audiencia entiende que el Centro de Cooperación Interbancaria (CCI), asociación creada por bancos, cajas y cooperativas que gestiona el RAI, no ha acreditado, 'siquiera en forma aproximada', los perjuicios que causaría la clausura de este registro.

Competencia determinó en febrero que el registro de morosos RAI, uno de los más importantes en España, actuaba de modo restrictivo para la libre competencia, por lo que conminó al CCI a que cesara las actividades del fichero en 15 días.

El TDC entendía que el RAI no cumplía con uno de los cuatro criterios exigidos para que siguiera funcionando, el de permitir a otros operadores acceder a sus bases de datos, donde figuran los clientes de bancos, cajas y cooperativas que no han devuelto los préstamos a partir de los tres meses siguientes al vencimiento.

Ante esta sentencia, el CCI la recurrió ante la Audiencia Nacional y planteó la suspensión cautelar del cierre del RAI hasta que se dictaminara sobre el fondo de la cuestión. Además de recurrir a la vía judicial, el CCI volvió a solicitar al Servicio de Defensa de la Competencia que autorizara el funcionamiento del registro, una petición que ha sido remitida al TDC.

Registro operativo

El auto de la Audiencia no contempla 'en ningún caso el cierre del registro', según fuentes del Centro de Cooperación Interbancaria, porque el Servicio de la Competencia debe decidir sobre una 'autorización singular' para el funcionamiento del registro.

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