El Gobierno pone en marcha el registro de publicidad de procedimientos concursales
Transparencia y publicidad coordinada. Estos son dos de los objetivos que trata de cumplir el Real Decreto sobre publicidad concursal aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros. La norma cumple con el mandato de la Ley Concursal, que preveía la puesta en marcha de un registro concursal único. Precisamente la inexistencia de datos de casos de insolvencia ha sido una de las críticas que ha recibido hasta el momento la nueva ley. Sólo el Registro de Economistas Forenses (Refor) ha ofrecido algunos datos basados en los casos publicados en el BOE.
El decreto determina que será el Colegio de Registradores el encargado de ofrecer información sobre los procedimientos concursales. El sistema asegura una publicidad coordinada de toda la información concursal relevante, y no solo la de las resoluciones que declaren concursados culpables y acuerden la designación o inhabilitación de los administradores concursales.
La web del Colegio de Registradores ofrecerá información sobre las insolvencias con independencia de la naturaleza o forma jurídica del concursado. Se informará sobre deudores concursados, administradores, liquidadores y apoderados inhabilitados y administradores concursales. La información estará ordenada por orden alfabético de apellidos, en el caso de personas naturales, o de denominaciones, en el caso de personas jurídicas.