Préstamos del ICO y subvenciones estatales
El Ministerio de Agricultura, en caso de incidencia especialmente grave de la sequía en determinados ámbitos territoriales y producciones agrarias, subvencionará parte de las anualidades de los préstamos del ICO que se suscriban para hacer frente a la sequía. Esta norma tratará de compensar a aquellas que hayan sufrido pérdidas de producción bruta de, al menos, un 20% de la producción normal en zonas desfavorecidas y de un 30% en las demás zonas, conforme a los criterios comunitarios.
El Instituto de Crédito Oficial establecerá una línea de préstamos de mediación, destinad a los titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, equino y porcino en régimen extensivo o de explotaciones apícolas, para afrontar los costes adicionales de la alimentación.
Así como a los de explotaciones agrícolas de secano, con pólizas del seguro agrario en vigor, o de regadío que hayan tenido reducciones en las dotaciones de agua de riego de, al menos, el 30% de las habituales.
El MAPA bonificará el tipo de interés anual nominal en dos puntos porcentuales y podrá subvencionar el coste de los avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria en caso de que fueran necesarios para la obtención de los préstamos en las condiciones y hasta los límites que se determinen.
Habrá exención de las cuotas del mpuesto sobre bienes inmuebles de 2005, además de reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias. Las empresas y trabajadores autónomos por cuenta propia, titulares de las explotaciones agrarias, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, podrán solicitar y obtener una moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a los meses de julio de 2005 a junio de 2006, ambos inclusive. Se declaran de interés general las obras de mejora y modernización de regadíos existentes.
Condiciones
El importe máximo de los créditos será determinado por el Gobierno, aunque el plazo máximo será de cinco años y se puede incluir un año de carencia para el pago del principal; la línea estará en vigor hasta el 31 de diciembre del año 2005.