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Inspección

Los inspectores de Hacienda seguirán vigilando las irregularidades en las SICAV

El presidente de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado, José María Peláez, ha confirmado hoy a que los inspectores continuarán realizando su trabajo sobre las posibles irregularidades que cometan las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV). Peláez ha asegurado que la próxima semana la Organización de Inspectores emitirá un comunicado en el que se defenderá la postura y capacidad de los inspectores para realizar las actuaciones que se están llevando a cabo sobre estas sociedades.

En una entrevista con Efe, el presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Manuel Conthe, ha señalado que el nuevo reglamento de fondos de inversión que ultima el Gobierno no establecerá previsiblemente requisitos sobre porcentajes de accionariado de las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV), lo que permitirá mantener el estatus de estas sociedades, que se utilizan para la gestión de grandes fortunas.

Los inspectores fiscales consideran que el hecho de que una SICAV esté controlada por un pequeño número de accionistas la inhabilita como institución de inversión colectiva y, por lo tanto, no debería beneficiarse de las grandes ventajas fiscales en el impuesto de sociedades (las SICAV pagan el 1% frente al 35% del resto de empresas).

Por su parte, el secretario general de la Unión Nacional de Funcionarios de Gestión de Hacienda (GESTHA), aseguró a Efe que la inspección se ampara en presuntos fraudes de ley por lo que puede actuar como lo está haciendo y también señaló que la opinión de Manuel Conthe es "correcta". A su juicio, si se entiende que se ha constituido una sociedad para eludir la correcta aplicación tributaria, los inspectores tienen competencia para actuar.

Según la ley que entró en vigor el 5 de febrero de 2004, para que una sociedad sea considerada como SICAV ha de tener cien accionistas y contar con un capital mínimo de 2,4 millones de euros.

Sin embargo, las actas levantadas hasta el momento tienen como referencia la ley anterior en la que a estos dos requisitos se le añadían que cotizara en bolsa y que los accionistas minoritarios (los que no tienen más del 25% del capital) tuvieran al menos 1,2 millones de euros. Además, debían cotizar como mínimo en el 25% de las sesiones bursátiles y representar el 25% del volumen de negociación.

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