Los nuevos derechos del minoritario impondrán aún más transparencia
Una propuesta del PSOE, que cuenta con el visto bueno de Economía, obligará a las empresas a convocar las juntas generales con un mes de antelación en lugar de con 15 días, como ahora. La intención es permitir que los accionistas minoritarios que sumen un 5% del capital puedan añadir puntos al orden del día. La medida ha recibido muchos parabienes, pero también críticas respecto a su puesta en práctica, ya que algunos aspectos pueden llegar a poner en peligro la confidencialidad de la empresa.
Nunca llueve a gusto de todos. Y en este caso, el dicho popular vuelve a tener sentido. La intención del PSOE, plasmada en una enmienda parlamentaria a la ley de sociedades anónimas europeas con domicilio en España para cumplir con lo prometido en su programa electoral y mejorar los derechos de los accionistas minoritarios, puede chocar con la cruda realidad de los intereses legítimos de las empresas. La principal de las razones es que sus estrategias pueden quedar al desnudo de no modificarse de algún modo la redacción del proyecto de ley que en estos momentos se tramita en el Parlamento. Uno de los puntos que recoge la enmienda es la posibilidad de que los accionistas que representen el 5% del capital social puedan añadir puntos al orden del día de la junta general. Y frente a quienes aplauden abiertamente la medida, como las asociaciones que representan minoritarios y expertos que consideran que la mayor participación de los accionistas logrará revitalizar las juntas de accionistas, otros alertan de las nefastas consecuencias que pueden derivarse de esta norma.
La ley concede a los accionistas el derecho a exigir a la empresa información detallada sobre los puntos recogidos en el orden del día de la junta, por lo que algunos analistas creen que puede darse el caso de que se pida la inclusión de puntos en el orden del día con el simple objetivo de obligar a la empresa a facilitar informaciones adicionales. La duda que señalan algunos expertos es si el derecho a obtener información que asiste a los accionistas, se extiende a todos y cada uno de los asuntos comprendidos en el orden del día, incluyendo todos aquellos que se hayan propuesto a iniciativa de los minoritarios que hayan logrado reunir el 5% del capital.
'Podría ocurrir que por la vía de la introducción de nuevos puntos en el orden del día los accionistas trataran de obtener información sobre una serie de asuntos que les otorguen un pleno acceso al conocimiento de toda la información socialmente relevante o a la que se refiere a datos protegidos y de los que la empresa no está legitimada para difundir'. Es la opinión de Blanca Puyol, letrada de Gómez-Acebo & Pombo, quien alerta del peligro de que por la vía de introducir nuevos puntos en el orden del día y exigir información sobre ellos a la empresa se esté ampliando 'de una manera negativa el contenido del derecho a la información del accionista'.
Otros expertos, como el coordinador de los Registros Mercantiles, Luis Fernández del Pozo, aplauden la iniciativa del PSOE para regular un mayor protagonismo de los minoritarios. Sobre todo, si se tiene en cuenta que los ejemplos de autorregulación han sido escasos y se han ceñido a ofrecer al socio la posibilidad de ofrecer sugerencias. Ejemplos como los de Indra, Obrascon o Campofrío no han sido muy imitados. Pero el apoyo de este experto a la iniciativa está trufado de algunas alertas respecto a la regulación que denomina como 'rudimentaria en exceso y que presenta algunas deficiencias técnicas de calado'.
CNMV y Registro para evitar anulaciones
Uno de los puntos que más inquietud suscita entre los expertos es la posibilidad de que una junta pueda llegar a declararse nula, con todas las consecuencias que ello acarrea, en el caso de que los administradores hubieran rechazado la inclusión de puntos en el orden del día por parte de los minoritarios sin una justificación motivada y su decisión fuera después impugnada.La propuesta del grupo socialista en el Congreso no recoge la necesidad de que los administradores fundamenten la oposición a aceptar el ejercicio del nuevo derecho que proponen para los accionistas. Por eso, algunos expertos creen que el proyecto debería enriquecerse con la inclusión de un artículo que contemple que los administradores podrán oponerse, siempre que sea de forma motivada, a aceptar la solicitud de los minoritarios.Algunos van más allá y creen que sería necesaria la intervención de la CNMV, en el caso de las sociedades cotizadas o del Registro Mercantil, para las no cotizadas, para que, antes de la celebración de la junta de accionistas, se pronuncien sobre si la oposición a la solicitud de los accionistas está o no motivada. A pesar de que siempre quedará la posibilidad de acudir a la vía judicial, la intervención de estos organismos puede evitar la posterior anulación de la junta de accionistas por defectos de convocatoria.
Los puntos débiles de la propuesta
Inclusión y modificación. Los expertos creen que la medida debería reconocer el derecho tanto de introducir nuevos puntos en el orden del día como a proponer alternativas sobre los ya existentes.Poco práctica. Muchos creen que la regulación proyectada es poco útil, ya que en primer lugar sólo se aplica a las sociedades anónimas, cuando sólo el 1% de las que se constituyen anualmente no son limitadas. Y respecto a las anónimas será de difícil aplicación en las cotizadas, donde alcanzar el 5% del capital es, en muchos casos, impensable.Rechazo. La norma debería incluir claramente los mecanismos y requisitos para el rechazo de la solicitud de inclusión de nuevos puntos en el orden del día en virtud de causas legítimas y debidamente justificadas. Se trata de un problema delicado, en opinión de los expertos, ya que de no quedar claras las causas legítimas de oposición a la modificación del orden del día, podría darse lugar a posteriores impugnaciones de las asambleas.Publicación del orden del día. También se debería aclarar en qué forma debe publicarse el orden del día provisional y el definitivo.