Pero ¿cuántos inmigrantes irregulares son?
Se vienen manejando cifras dispares sobre el número de extranjeros existentes en situación irregular y sobre cuántos se acogerán al proceso abierto. Tan pronto se habla de 1.200.000 como de 700.000. Esta incertidumbre hace que no se sepa si el proceso de regularización va lento o va rápido, si es que va a ser un fracaso o un éxito.
¿Cómo puede ser esto? ¿No es posible aproximar con cierto grado de certidumbre el colectivo de extranjeros irregulares susceptibles de acogerse al proceso? Se argüirá que esto ocurre porque son ilegales; pero, como veremos, esto no explica más que una pequeña parte. La razón fundamental es el escaso interés que en general se ha prestado y se presta a la estadística derivada de registros administrativos, que está concebida para la gestión -en el sentido más antiguo y pobre de este término-, olvidando su potencial analítico y la gestión con mayúsculas. Sin embargo, en otros países constituye la base de la estadística pública y desde luego es la base de la gestión y estrategia empresarial.
Recordemos en primer lugar que para acogerse a este proceso, regulado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, y Orden PRE/140/-2005, de 2 de febrero, hay que estar empadronado con anterioridad al 8 de agosto de 2004 y disponer de contrato de trabajo.
Hay que decir que de aquellos que no figuran en ningún registro oficial no se dispone de información. A estos nadie los contabiliza en las cifras que se manejan y, para el objetivo que nos ocupa, no es grave, ya que no cumplen las condiciones para ser regularizados.
Para cuantificar los potenciales regulados existen múltiples registros administrativos en los que, por obligación o por conveniencia, los inmigrantes se apuntan: padrón de habitantes; Seguridad Social (porque están en situación de alta laboral y cotizan o porque tienen tarjeta sanitaria); en otras dependencias del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (como demandantes de empleo o como solicitantes de permiso de trabajo); en el Ministerio del Interior (permisos de residencia).
Algunos de ellos permitirían una cuantificación ajustada, pero para ello deberían existir ficheros concebidos para este fin y explotaciones estadísticas diseñadas para el análisis, lo que no ocurre. Sólo se dispone de cifras parciales, sobre colectivos diferentes, en fechas diferentes y con diferentes clasificaciones. Por no hablar de la potencialidad de los cruces de ficheros, que parece la única forma de gestionar adecuadamente procesos como el actual y de disponer de información estadística detallada, además de barata. Y ello respetando, por supuesto, los derechos legales a la protección de datos personales.
Si de la cifra de extranjeros de 16 o más años de países distintos de la UE-15 (éstos no necesitan permiso de residencia ni de trabajo), empadronados con anterioridad al 8 de agosto, se restan los que no quieren trabajar y aquellos que ya tienen permiso de trabajo, el resultado sería un máximo de personas que podrían regularizarse.
Sigamos los pasos descritos:
l A partir de la información suministrada por el INE, se estima (porque no se dispone de información a esa fecha) que el número de extranjeros empadronados (no UE-15), de 16 o más años, alcanza la cifra de 2.400.000, en números redondos.
l Para estimar los ocupados o que potencialmente lo estarán, se aplican, a los datos padronales según edad, las tasas de ocupados/población que suministra la última información de la EPA. El resultado sería una población potencialmente ocupada de 1.575.000 personas.
l Se conoce el número de extranjeros no UE-15 afiliados a 31 de diciembre de 2004: 758.000 personas. El stock en un día concreto, y más en fecha tan señalada, es insuficiente para conocer el fenómeno -piénsese en los contratos temporales de muy corta duración y de bajas y altas incluso de fin de semana-, por lo que se ha estimado el número de personas que han estado afiliados en alta laboral en algún momento a lo largo de 2004 o en enero-febrero de 2005, utilizando información sobre rotación y temporalidad. Esta cifra es lógicamente muy superior a la anterior: 1.100.000 personas.
l Haciendo la hipótesis de que estas personas están todas empadronadas -lo que parece razonable dado que, si ya cotizan, su empadronamiento presenta muchas ventajas- y que no necesitan regularizarse, los extranjeros potencialmente regularizables serían 475.000 personas.
Podría haber algunos más. Que hayan trabajado y no estén empadronadas, o que hayan trabajado con permiso de trabajo temporal, pero en estos momentos estén en situación irregular (éstos deben ser pocos porque la proporción de permisos temporales es muy baja). Pero también podría haber algunos menos, ya que los padrones tienden a estar inflados y tampoco hemos descontado algún otro pequeño colectivo que no necesita permiso de trabajo.
En todo caso, no creemos que la cifra de potenciales regularizables se aleje mucho de la estimación presentada. Lo que es lamentable es que, estando disponibles los datos primarios, no estén tratados con criterios estadísticos que permitan su utilización para el análisis y para la gestión de un proceso tan importante como el de regularización que está en marcha y para otras políticas presentes y futuras.