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Tribunales

El SCH deberá pagar 360.000 euros a un cliente al que vendió dólares falsos

El Tribunal Supremo ha condenado al Banco Santander Central Hispano (actualmente SCH) a pagar 360.000 euros a un hombre que fue detenido en Estados Unidos en julio de 1994 con 600 dólares falsos que le había vendido un mes antes la sucursal en Laredo (Cantabria) de la entidad bancaria. La sentencia señala que el banco debe indemnizar al afectado por el daño moral que sufrió, que a parte de la detención y el interrogatorio policial, le supuso el fracaso de la relación sentimental que mantenía entonces con una americana.

El Supremo corrige a la Audiencia Provincial de Santander, que fijó una indemnización en favor del perjudicado de 650.000 pesetas (unos 3.900 euros), y tampoco considera acorde la concedida por el Juzgado de Primera Instancia de la capital cántabra, que fue de 5 millones de pesetas (30.000 euros). Para el alto tribunal, la cantidad justa que debe abonar el SCH es de 360.000 euros (60 millones de pesetas), a tenor del "atentado al sagrado derecho a la libertad personal" que sufrió el afectado, al ser detenido, conducido a dependencias policiales, y fichado en ellas mediante la toma de fotografías, huellas dactilares y datos personales.

También se atentó, según la sentencia, contra su inalienable derecho a la dignidad, por cuanto fue interrogado públicamente por la Policía tras intentar abrir una cuenta corriente en un banco con el dinero falso; y contra su derecho a la seguridad jurídica, al verse inmerso en una situación presuntamente delictiva en país y legislación extrañas. Pero además, el Supremo cree que se atacó al "intransferible derecho al libre desarrollo de la personalidad" del perjudicado, "por haberse truncado física y emocionalmente una relación sentimental".

Seis billetes de 100

Efectivamente, la sentencia expone que el hombre, Ramón Francisco A.S.M., tras comprar 600 dólares en seis billetes de 100 en la sucursal del BSCH de Laredo, abonando la correspondiente comisión por la operación, viajó a Estados Unidos, donde convivió con Diana G., ciudadana norteamericana domiciliada allí.

En julio de 1994, la pareja trató de abrir una cuenta corriente en el Fifth Third Bank, de Cincinatti (Ohio), para lo que entregaron los billetes falsos. Al detectarlo la entidad bancaria, lo comunicó a la Policía, personándose en la oficina bancaria dos agentes pertenecientes al Departamento del Tesoro, quienes les detuvieron, les interrogaron en público, les condujeron al citado departamento, y, una vez allí, les registraron y les ficharon.

Al mostrar el hombre el resguardo de la adquisición de los dólares en la entidad bancaria española, quedó en libertad. Sin embargo, la relación sentimental entre Ramón Francisco y Diana se deterioró, y cuando él volvió a España, se rompió definitivamente.

La sentencia declara que el banco tuvo la culpa de la venta de los dólares falsos porque la operación de cambio le exigía entregar billetes auténticos y no falsos, para lo cual debió emplear un sistema de detección eficaz.

Caso anterior

La sucursal del Banco Santander en Laredo dio otros problemas similares en 1994. El pasado mes de febrero, el Supremo condenó a la entidad a indemnizar a una pareja con 156.000 euros por venderles dólares falsos a través de la misma oficina. En este caso, los afectados fueron detenidos en Rusia cuando usaron sus divisas falsas.

Además, le entidad no sólo les cobró comisión por venderles los billetes falsos, sino que, a la vuelta de su viaje a Rusia, les cobró otra comisión por reintegrarles las pesetas que pagaron por los dólares falsos.

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