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Columna
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El paro registrado y el paro de la EPA

Los datos del paro que surgen de las oficinas públicas de empleo son tan útiles como los que se miden en la encuesta de población activa (EPA). El autor pone de relieve las virtudes de cada una, aunque afirma que el nivel de paro debe reservarse sólo a la EPA

El paro registrado en las oficinas públicas de empleo descendió en diciembre en 12.432 personas (17.100, si se eliminan los efectos estacionales); el mejor dato de ese mes desde 1999. En relación con un año antes, el paro registrado disminuyó en diciembre en más de 41.000 personas, lo que, en términos relativos, representa una variación del -2,4%, la mayor reducción desde julio de 2001. Además, desde mayo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha introducido dos mejoras importantes en la presentación de los datos del paro registrado: el compromiso de someter su publicación a un calendario previamente establecido y la supresión de la mal llamada tasa del paro registrado, concepto erróneo y arbitrario, en beneficio de la única tasa de paro correcta y comparable con la de otros países de la UE y la OCDE, la estimada por la EPA.

Por otra parte, como las tasas de variación interanuales del paro registrado y de la EPA tienen un comportamiento muy similar y ajustado al ciclo económico (gráfico adjunto), la utilización del primero como indicador de coyuntura del mercado de trabajo, que tiene la gran ventaja de su rápida publicación, supone una importante contribución al análisis de dicha coyuntura, máxime cuando el paro estimado por la EPA, desde la supresión en octubre de 1998 del dato mensual, sólo se publica trimestralmente.

En el tercer trimestre de 2004, el paro de la EPA supera en más de 400.000 personas al registrado

En cambio, el paro registrado no es un indicador adecuado para la medición del nivel del paro que pueda sustituir al obtenido por la EPA, que es el único que cumple los tres requisitos exigidos por la definición de la OIT: que la persona esté desocupada, busque activamente empleo y esté disponible para trabajar. Para el tercer trimestre de 2004, el último periodo para el que se dispone de información de la EPA, el paro de esta última estadística supera al paro registrado en más de 400.000 personas.

Y ello por dos razones: la primera, porque no todas las personas que buscan empleo activamente lo hacen a través de las oficinas de empleo, ya que al no ser obligatorio registrarse, con la excepción de casos como la percepción de prestaciones por desempleo, puede haber personas que cumplan los citados requisitos de la OIT y estén buscando empleo por otros métodos distintos (como relaciones personales o anuncios de prensa) y, la segunda, porque no todas las personas desocupadas inscritas en las oficinas de empleo se clasifican como paradas.

En efecto, una Orden Ministerial de Trabajo y Seguridad Social de 11 de marzo de 1985 estableció los criterios para la medición del paro. Según esta norma, una serie de colectivos, que pueden cumplir los requisitos de la OIT, y, por lo tanto, ser computados como parados en la EPA, se excluyen del paro registrado. Entre ellos se encuentran los que se inscriben demandando exclusivamente empleos de características específicas (coyunturales, con jornada de corta duración o para el extranjero), los que tienen determinadas características personales (estudiantes, pensionistas de jubilación o mayores de 65 años) y los beneficiarios del subsidio eventual agrario de Andalucía y Extremadura, estén ocupados o no.

Desde mayo el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales publica mensualmente, junto a la cifra del paro registrado, la de demandantes de empleo no ocupados (Denos), que añade a la primera la de los colectivos de demandantes desocupados excluidos en virtud de la Orden Ministerial de 1985, que ascienden según el dato de diciembre a casi 400.000 personas.

Aun así, el dato de los demandantes de empleo no ocupados mantiene la exclusión de otros colectivos que no estaban considerados en la Orden de 1985 y que, sin embargo, no se computan como parados registrados, entre los que destacan por su cuantía e importancia creciente los demandantes de empleo de nacionalidad extranjera inscritos en las oficinas de empleo, que superan los cien mil.

Ante esta situación, y pese a las mejoras introducidas desde el pasado mes de mayo, convendría insistir en las limitaciones de la actual cifra del paro registrado para medir el nivel del paro, función que debiera reservarse al paro estimado por la EPA, magnitud que, aunque con las limitaciones propias de la encuesta, es la única que cumple estrictamente los criterios de la OIT.

Por otra parte, la utilización de una variable de demandantes de empleo desocupados inscritos en las oficinas de empleo, más amplia que la del actual paro registrado, en cualquier caso, debiera incluir colectivos ahora excluidos de los Denos, como los extranjeros demandantes de empleo.

Asimismo, la utilización de esa variable puede ser de gran utilidad para el análisis de la situación y evolución del mercado de trabajo, aunque sin pretender sustituir al paro de la EPA, puesto que algunos de esos demandantes podrían estar inscritos en las oficinas por motivos distintos a los de la búsqueda de empleo o no estar en disponibilidad inmediata (quince días según la EPA) para trabajar.

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