_
_
_
_
CincoSentidos

Trabajar después de los 65

Emilio Botín, 70 años. Norman Foster, 69. Amancio Ortega, 68. Rafael Moneo, 67. Alan Greenspan, 78. O Madeleine Albright, 67. Todos ellos son ejemplos de personas célebres en el mundo de las finanzas, la política o las profesiones liberales que siguen en activo tras dejar atrás la edad que tradicionalmente se considera antesala de la jubilación. Esto es, los 65 años.

No ocurre sólo entre celebridades. 'Durante 20 años fui abogado de empresa. Trabajaba en la asesoría jurídica de una compañía y me gustaba mi trabajo. En los abogados es muy importante la experiencia y yo me encontraba en mi mejor momento. Hasta que cumplí los 65 años y me insinuaron que era hora de jubilarme'. Alfonso, nombre ficticio para un caso real, es uno de los miles de españoles que decidió renunciar al retiro dorado al llegar a la edad de jubilación. Así, el mismo día que cerró la puerta de su despacho de asesor de empresa abrió la puerta de su bufete de abogados.

Siete años después, con 72 años, su firma cuenta con tres socios y nueve abogados. Trabaja 10 horas al día seis días por semana. Y confiesa que no le pesa en absoluto. 'Una persona acostumbrada a una vida profesional activa y llena no puede marcharse a su casa de la noche a la mañana y dedicarse a leer o a meditar las 24 horas del día. Yo tuve muy claro desde el principio que mi jubilación en la compañía era el fin de una etapa profesional, no de mi carrera. Pienso trabajar como abogado hasta que la salud o las ganas me pongan el límite. Y, sinceramente, creo que aún falta mucho para eso'.

Prefieren la oficina al sillón. Más de 100.000 españoles siguen en activo pese a haber dejado atrás la edad de la jubilación

Autónomos y asalariados

El caso de Alfonso no es la norma, pero tampoco una excepción contada. En España, la Encuesta de Población Activa del Ministerio de Trabajo cifra en 104.000 los trabajadores ocupados de más de 65 años. Muchos de ellos son profesionales liberales, otros son catedráticos de universidad, empresarios, notarios, jueces, fiscales o simplemente asalariados. Todos ilustran la misma realidad: la de las personas que por diferentes razones quieren alargar su vida laboral.

'La gente que quiere seguir trabajando después de la edad de jubilación suelen ser personas con trabajos más bien intelectuales, que no requieren un esfuerzo físico excesivo. Es gente que trabaja en empresas, finanzas, marketing... gente que se encuentra bien y en condiciones de seguir trabajando más allá de los 65 años', explica Antonio Morales, responsable de Secot Madrid (Seniors Españoles para la Cooperación Técnica), una entidad que aglutina a profesionales jubilados o prejubilados que asesoran a empresas y emprendedores de forma gratuita. 'La mayoría de los miembros de nuestra asociación tienen el capítulo económico más o menos resuelto y para ellos no es un problema el no cobrar. No buscan ingresos económicos, sino seguir con una actividad profesional'.

¿Qué impulsa a una persona, con 30 o 40 años de experiencia laboral a sus espaldas, a seguir trabajando? Los psicólogos aluden a la autoestima, el deseo de mantenerse activos, la necesidad de llenar el tiempo libre e incluso el simple gusto al trabajo. 'Cuando una persona está acostumbrada a trabajar todos los días de ocho de la mañana a ocho de la tarde y de pronto eso se acaba se crea un problema psicológico muy fuerte. Los tres primeros meses apenas lo notas, pero después empiezas a preguntarte qué vas a hacer', apostilla el responsable de Secot Madrid. Alfonso, por su parte, afirma que su razón para seguir es muy sencilla. 'Me gusta lo que hago y soy bueno haciéndolo. ¿Por qué debería irme?'.

El Tribunal Supremo les respalda

Por si a alguien le quedaban dudas tras la reforma laboral de 2001, el Tribunal Supremo ha respaldado el derecho de las personas a seguir trabajando más allá de la edad de jubilación si así lo desean.En una sentencia dictada hace apenas cinco meses, el Supremo prohíbe a empresarios y sindicatos pactar en los convenios colectivos la obligación de los trabajadores de jubilarse a una determinada edad. La decisión del tribunal implica la nulidad de todas las cláusulas de este tipo pactadas en los convenios tras la entrada en vigor del decreto de reforma laboral de 2 de marzo de 2001, que ya eliminaba la posibilidad de fijar una edad obligatoria de jubilación.Para el Supremo hay varias razones que justifican la decisión. En primer lugar, y en línea con la política que sostiene la Comisión Europea, el Supremo considera que limitar la vida laboral implica lesionar un derecho fundamental de toda persona -el derecho al trabajo-que en España recoge el artículo 53.1 de la Constitución. Esa restricción únicamente puede ser válida si se realiza a través de una ley, circunstancia que tras la reforma de 2001 ya no existe. Además, el fallo recuerda que las circunstancias y la tasa de desempleo actuales son muy diferentes a las del momento en que se estableció la posibilidad de fijar una edad de jubilación y no justifican una restricción de este tipo.En cualquier caso, los expertos en derecho laboral están de acuerdo en que la consecuencia directa del fallo será la posibilidad de los trabajadores de continuar trabajando tras los 65 años o de negociar su salida de la empresa a cambio de unas buenas condiciones.

Archivado En

_
_