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Inversión

La CNMV decidirá sobre activos aptos para inversión

El borrador de Reglamento de Fondos concede amplios poderes a la CNMV en materia regulatoria sobre fondos de inversión. La actual redacción de Reglamento de Fondos faculta al supervisor para autorizar determinados activos aptos para la inversión -como son los derivados de crédito-. Los límites y el tipo de activos que se permite a los fondos podrían modificarse en el futuro, en función de las necesidades del sector.

En concreto, se dan atribuciones a la CNMV para autorizar participaciones o acciones de fondos no armonizados según la norma europea, o sobre depósitos bancarios o derivados no negociados. También depende de la CNMV regular cómo deberán las entidades gestionar el riesgo derivado de la inversión en derivados, es decir, el riesgo asumido y la cobertura.

De igual forma, el borrador de reglamento deja a la CNMV la aprobación y el establecimiento de requisitos para la creación de fondos cotizados o ETF, que por primera vez aparecen regulados en la legislación española.

Según fuentes del mercado, la mayor cercanía de la CNMV al terreno de la inversión facilitaría la agilidad en los cambios y su adaptación a las necesidades de la industria financiera.

El reglamento, en cualquier caso, está aún en estudio por parte del ministerio de Economía, y sólo ha sido trasladado a la Comisión a título informativo, no como consulta oficial.

Atentos a

Fondos inmobiliarios. El borrador de reglamento también da a la CNMV poderes a la hora de autorizar determinadas operaciones por parte de los fondos de inversión inmobiliarios, que gozarán de una mayor flexibilidad con la nueva normativa del sector.

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