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CincoSentidos

Souvenir peligroso

Unos porque su tráfico está prohibido o sometido a estrictos permisos y otros porque deben pagar derechos de importación o exportación, el caso es que hay souvenirs, como una pata de elefante o 10 botellas de ron, que pueden causar más de un disgusto a sus propietarios en la aduana de regreso a España.

Sólo el año pasado, en las fronteras españolas se requisaron más de 1.000 ejemplares vivos de especies protegidas. En su mayor parte fueron reptiles y aves que los viajeros trajeron por el simple placer de tener una mascota exótica. Aunque el turista alegue su desconocimiento sobre el comercio ilícito de determinados animales y plantas no evita que se trate de un delito que se puede saldar con una multa entre el 100% y el 300% del valor de la especie transportada o, en el peor de los casos, con penas de cárcel de tres a seis años.

Antes de camuflar en una sombrerera un simpático lagarto africano encontrado durante un safari por el Serengeti conviene tener información suficiente para tramitar los permisos legales que permitan su correcta introducción en España si es que ello es posible.

Según el Convenio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites) hay 800 especies cuya importación está absolutamente prohibida y otras 20.000 que requieren certificados especiales.

Según explican desde la Agencia Tributaria, organismo del que depende el departamento de Aduanas, además de animales vivos son muy frecuentes los productos o manufacturas realizados con especies protegidas como marfil, coral, conchas o pieles. El pasado año se incautaron 127 manufacturas de marfil, 18 colmillos y patas de elefante, 25 animales disecados y 14 caparazones de tortuga, además de corales.

Al margen de estas peculiares mercancías, cuando se viene a España procedente de un viaje de fuera de la Unión Europea puede encontrarse con la sorpresa de que un agente de aduanas le solicite que le muestre el contenido de su equipaje. ¿Seguro que no tiene nada que declarar? En principio, todo objeto introducido en España sería una importación por la que se paga derechos a modo de tributo. No obstante, existen mercancías libres de declarar por su escaso valor o por no superar unas determinadas cantidades como es el caso del tabaco, el alcohol y los perfumes.

Si un viajero introduce en su equipaje 100 Cohibas comprados en la Habana, deberá pagar derechos de importación por 50, ya que los otros 50 tienen franquicia. En general, si el valor total de otras mercancías traídas en el equipaje desde un país no comunitario superan los 175 euros habrá que pagar derechos de importación y, según los casos, también el IVA. Estas cifras se incrementan en el caso de venir desde Ceuta, Melilla, Canarias y Andorra.

El año pasado, más de mil animales vivos, en su mayoría reptiles y aves, se requisaron en las aduanas españolas por estar prohibido su comercio

¿Algo que declarar?

l Moneda Cuando un residente en España vuelve de un viaje por un país no perteneciente a la UE no tiene obligación de informar del dinero que trae. Sin embargo, un no residente en España tendrá que hacer declaración por importe superior a 6.010,12 euros.l Medicamentos Hay libertad para introducir medicamentos sin límite siempre que sean para consumo del viajero en proporción a sus necesidades. No obstante, debe ser un medicamento aprobado en España para su consumo.l Objetos de regalo Hasta 175 euros por viajero mayor de 15 años se puede introducir en España sin pagar derechos de importación ni IVA. Para menores de esa edad, el límite es de 90 euros. Estos importes son superiores para viajeros procedentes de las islas Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra.l Cigarrillos Se pueden introducir en España procedente de un país de fuera de la UE hasta 200 unidades de cigarrillos (10 cajetillas o cartón de tabaco).l Puros y puritos También procedente de países de fuera de la UE, se pueden traer a España sin pagar derechos de importación 100 puritos (de tres gramos cada uno) y 50 puros. En el caso del tabaco en picadura para fumar se puede traer sin declarar hasta 250 gramos.l Bebidas alcohólicas Sin pagar impuestos se puede traer hasta 1 litro (en general, se aceptan dos botellas) de bebidas espirituosas de grado alcohólico superior a 22% volúmenes y hasta dos litros (tres botellas) de las mismas bebidas con menos de 22% volúmenes así como de vino de mesa.l Perfumería Según la norma, es posible introducir hasta 50 gramos de perfume y 0,25 litros de agua de tocador.

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