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Fiscalidad

Hacienda devolverá el IVA por gestión discrecional con carácter retroactivo

Los nuevos criterios de Hacienda dan la oportunidad a los inversores de reclamar los ingresos indebidos al Tesoro. Permiten reclamar la devolución de las cuotas del 16% de IVA de los últimos cuatros años cargadas a la gestión discrecional de carteras de inversión.

La rebaja fiscal sólo vale para los contratos que den libertad total al cambio de inversión

La nueva interpretación de Hacienda sobre la gestión discrecional de carteras, eximiéndola del pago de IVA ha generado una riada de consultas entre los afectados, gestoras y los despachos que los representan. Estudian la posibilidad de reclamar al Tesoro los ingresos indebidos durante los últimos cuatro años. Esta posibilidad sólo se refiere a los contratos de gestión que dan libertad al gestor para modificar la cartera de inversión sin el consentimiento del cliente.

Los clientes y gestores sustentan la petición de la devolución de las cuotas de IVA, soportadas en el pasado por los servicios de gestión discrecional, en la reciente Resolución de Tributos que asimila los mandatos de gestión discrecional a los de intermediación y los considera exentos del IVA. No obstante, mantiene el 16% de gravamen sobre la otra gestión, aquélla en la que el responsable de la cartera informa en cada momento de la conveniencia o no de tomar cualquier decisión.

La normativa fiscal establece que, ante un cambio de criterio de la Administración, están abiertos a la comprobación y a la posible solicitud de devolución de ingresos indebidos los últimos cuatro ejercicios fiscales. Además, los despachos de abogados consideran que existe base legal para ello.

Los interesados en la devolución serían los clientes que en el pasado no han podido deducirse el IVA soportados (inversores privados y sociedades de inversión). En la práctica, recibirán asesoramiento de la entidad que le gestiona la cartera, quienes se ocuparán también de su tramitación.

De momento, clientes, gestores y abogados están digiriendo la resolución. Estudian si los contratos de sus inversores podrían englobarse bajo el epígrafe de gestión discrecional o de gestión como asesoramiento. 'La frontera entre uno y otro es difícil de establecer, si es el cliente quien la marca será siempre será discrecional, pero si es la entidad será de asesoramiento', comentan.

En el mismo sentido, Juan José Lázaro, socio de Cuatrecasas, asegura que 'puede ser un buen momento para revisar los contratos modelo utilizados por las gestoras'.

La exención tiene efectos negativos para los gestores, quienes verán limitado su derecho a la deducción de cuotas de IVA que soporten al comprar bienes y servicios. Con el nuevo criterio. Sólo podrán recuperar el IVA en la proporción que representen los servicios de gestión asesorada. Para mitigar el aumento de costes podría aumentar el precio de estos servicios.

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