Pagar a crédito
Si existe una cita imposible de eludir año tras año, ésa es la que tienen los contribuyentes con el fisco. Llega la campaña de la renta y con ella el rompecabezas que para muchos supone hacer la declaración de la renta y del patrimonio.
Una opción para los que encuentran en esta obligación un auténtico galimatías es acudir a la entidad de la que se es cliente. Bancos y cajas ofrecen, en estas fechas, la posibilidad de cumplimentar la declaración en sus sucursales. Para facilitar el pago de impuestos, cuando la declaración es positiva, ofrecen la opción de suscribir un préstamo que permitirá fraccionar la cantidad correspondiente. Se trata de una opción que evita que la economía familiar se resienta tras el pago cuando el resultado de la declaración es inesperado.
El tipo que se aplica a estos créditos varía en función de la entidad y lo mismo sucede con el resto de las condiciones. Banesto es la más barata, al cobrar el 3,75% nominal al inicio de la operación. Deutsche Bank e Ibercaja aplican una tasa del 4%. El resto elevan el tipo hasta superar el 5%, como Caja España (5,9%), Banco Popular y BBVA (6,5%), Unicaja (6,75%) o Caja Madrid (7,5%).
Las condiciones de estos préstamos varían en función de la entidad y de la modalidad elegida. El plazo no suele superar los 12 meses y cubren todo el importe necesario
Estos préstamos suelen aplicar una comisión de apertura entre el 1 y el 2%. Aunque hay excepciones. Es el caso de Unicaja, que exime de abonar esta tasa (2%) a los clientes que contratan un seguro de vida o un plan de pensiones.
Un aspecto a considerar en estos créditos son los importes máximos que contemplan. Hay entidades que conceden hasta el 100% del importe a devolver mientras que otras establecen límites. Deutsche Bank establece el máximo en los 6.000 euros, mientras Caja Madrid e Ibercaja, por ejemplo, lo cifran en 30.000 euros. El plazo, otro de los aspectos a tener en cuenta, también difiere, aunque en pocos casos supera el año.
Pero no sólo aquellos que tienen que saldar sus cuentas pagando pueden recurrir a un crédito. Las entidades, siempre prestas a facilitar financiación a sus clientes, ofrecen otra modalidad de préstamo dirigido a los que sabiendo que su declaración es negativa y, por lo tanto, deben recibir el importe correspondiente, quieren hacer uso del mismo antes de que se materialice su devolución.
En este caso, los tipos que se aplican son algo mayores. Frente al 3,75% que aplicaba Banesto en el pago de impuestos, en las devoluciones la tasa es del 8,25%. En Unicaja, la brecha se amplía. Frente al 6,75% que cobra por el pago de impuestos, cuando anticipa la devolución la tasa es cero. Incluso no cobra comisión de apertura si el cliente está vinculado a la entidad. El resto de condiciones es similar a las del pago de impuestos. Salvo el plazo, algunas lo limitan al último día de 2004 y otras lo hacen a vencimiento.
Una ventaja añadida es que desde hace unos años, estos créditos se pueden solicitar no sólo en las oficinas, sino a través de la banca telefónica e Internet. No obstante, existen otras opciones para saldar las cuentas con el fisco. Hacienda permite fraccionar el pago en dos plazos, el 60% ahora y el 40% restante en noviembre sin intereses. Para hacerlo, basta con marcar la casilla correspondiente. También es posible solicitar un aplazamiento, pero es algo inusual por lo complicado del procedimiento.
Recurrir al crédito que ofrecen las tarjetas es otra alternativa cuando se opta por la financiación ajena. Dependiendo del tipo de tarjeta (classic, oro) el límite del crédito puede oscilar entre los 600 o superar los 3.000 euros. Sin olvidar los préstamos personales, una opción que puede interesar cuando el importe a pagar es elevado.
Bancos y cajas reconocen, no obstante, que la demanda de préstamos, sobre todo los que anticipan la devolución, es cada vez menor dada la rapidez con la que Hacienda realiza las devoluciones. Los que declaran a través de Internet la obtienen de forma casi inmediata. De forma general, el periodo ronda los 30 días, si bien Hacienda dispone hasta el 31 de diciembre para llevarlo a cabo. Este año, se ha comprometido a realizar las devoluciones en unas semanas.
Confirmación desde el cajero automático
Una de las principales novedades que contempla la campaña de este año es que algunas entidades financieras facilitan la confirmación del borrador a través de vías alternativas a las hasta ahora conocidas. Internet, el teléfono y los cajeros automáticos son las tres posibilidades que ofrecen algunos bancos y cajas.Según la Agencia Tributaria sólo Bankinter ofrece la posibilidad de confirmar el borrador a través del móvil, pero además lo permite a través de la banca telefónica e internet. La Caixa, la CAM y la CAI también ofrecen esta posibilidad a través de los cajeros, por teléfono y en la red mientras Caja Extremadura sólo a través de internet.En todos los casos, el contribuyente podrá realizar la confirmación tanto si es a devolver como si es a ingresar. En los cajeros automáticos bastará con exponer el código de barras correspondiente a los lectores ópticos incorporados en los terminales de la entidad. En internet el procedimiento se completará tras la introducción de los datos de identificación.Estos nuevos servicios permitirán agilizar los trámites fiscales de realización y presentación de la declaración de la renta, el cobro rápido de la devolución, así como la seguridad de que los datos declarados coinciden con los de la Agencia Tributaria.