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Tribuna
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Mejoras para la competencia

La acción en defensa del mantenimiento de una competencia suficiente y efectiva constituye uno de los principales instrumentos de política económica en una economía de mercado. æscaron;nicamente con un verdadero sistema que asegure de forma eficaz el mantenimiento de una competencia efectiva en el mercado se pueden conseguir los esperados beneficios del proceso de liberalización en que España está inmersa desde inicios de los noventa, y de la economía de mercado abierto. En consecuencia, es relevante estar muy atento a que el sistema de protección de la competencia cumpla la misión que tiene encomendada.

El sistema español de control de prácticas restrictivas de la competencia y de concentraciones debe afrontar adecuadamente varios retos para lograr su plena efectividad en la actualidad, en particular, en relación con las prácticas restrictivas. Después de prácticamente 15 años de operatividad, disponemos ya de una experiencia y tradición suficiente y es el momento idóneo para atender a nuevas preocupaciones y dar nuevos impulsos. Además, hay dos realidades nuevas o todavía recientes que exigen afrontar de forma global e inmediata la reflexión sobre el sistema español de defensa de la competencia.

La modernización de la aplicación de las normas comunitarias implicará la atribución a las autoridades españolas de una mayor responsabilidad en esta aplicación. Asimismo, esta atribución deberá ir acompañada con el adecuado funcionamiento de la red de autoridades de competencia. No son pocas las cuestiones nuevas, de distinto calado, que plantea la descentralización comunitaria y requerirá que en España tanto las autoridades administrativas como las judiciales dispongan de mecanismos precisos para cumplir el cometido.

En una economía cada vez más globalizada, es obligado disponer de mecanismos que aseguren la adecuada colaboración entre autoridades de diferentes países

En España está en curso un proceso de implantación de autoridades autonómicas de protección de la competencia, cuyo origen es la sentencia del Tribunal Constitucional del 11 de noviembre de 1999 y que se articula en función de la Ley 1/2002. Este nuevo sistema institucional, que requiere un compromiso cierto de las autoridades autonómicas, puede constituir un impulso decisivo para la aplicación más efectiva de las normas de competencia. Es evidente que ello requiere mecanismos de coordinación y cooperación entre autoridades, que se están articulando en términos positivos.

Por todo ello, es imprescindible para la buena salud del sistema español de defensa de la competencia que las normas sean objeto de una aplicación mucho más efectiva. Para ello se pueden adoptar medidas. Disponer de una verdadera iniciativa pública en la aplicación, que ha sido prácticamente inexistente y que ha implicado que la aplicación se centre exclusivamente en la atención de las denuncias de particulares. Simplificar el procedimiento administrativo actualmente articulado en una doble instancia que supone en ocasiones reproducción de trámites. Eliminar la autorización singular y operar basándose en un sistema de excepción legal, como acontece en el nuevo derecho comunitario, ya que esta figura no ha dispuesto de una excesiva utilidad y existe ya un cuerpo de análisis conocido; esta revisión encaja en el entorno de mayor liberalización y atribución de responsabilidad a los operadores económicos y, asimismo, permitiría disponer de mayores medios para la persecución de las infracciones. Prever una atención especial a los mercados en transición desde una intensa a una más liviana regulación. Reducir los plazos de aplicación de las normas de competencia, pero siempre percibiéndolos en un sentido global, es decir, atendiendo a los plazos de recurso judicial. Articular de forma directa la potencial demanda de daños y perjuicios por infracciones de las normas de competencia. Incrementar la reacción pública frente a las infracciones.

Las autoridades de competencia deben desarrollar de forma permanente una función de promoción de la competencia, ya sea por impulso de otras autoridades o por propia iniciativa. Es evidente que el proceso de liberalización en España, en parte impulsado por los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha reducido ya los ámbitos materiales en que esta promoción es imprescindible. No obstante, debe ser función de las autoridades de competencia estar en constante alerta para promover el debate y la reflexión sobre la competencia.

En una economía cada vez más globalizada, la protección de la competencia no es exclusivamente un factor nacional y ello obliga a disponer de mecanismos que aseguren la adecuada colaboración y cooperación entre las autoridades de diferentes países. Igualmente, el proceso constante de innovación, característico de nuestro sistema económico de mercado, hace que aparezcan nuevas estructuras económicas que deben, obviamente, respetar las normas de competencia. Todo ello hace que las autoridades españolas deban estar especialmente atentas a su participación en sede comunitaria y en foros internacionales para dotarse de los instrumentos adecuados.

Estos procesos, que son los principales, pero seguramente no los únicos, obligan a impulsar una reforma profunda de las actuales normas o la promulgación de una nueva ley que permita afrontarlos en mejor disposición. La característica esencial del nuevo sistema, que reclamaba ya en el año 1994, ha de ser la integración en una autoridad de todas las funciones de protección de la competencia, con la adopción de las medidas precisas para respetar la debida separación entre instrucción y resolución. Esta autoridad, que debe dotarse de los medios humanos y materiales oportunos, deberá disponer de plenas funciones para responsabilizarse del clave cometido de proteger la competencia y afrontar en la posición adecuada los indicados retos.

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