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Blanqueo de Capitales

Fadesa, multada por infringir le ley de blanqueo de dinero

La inmobiliaria gallega Fadesa fue multada el pasado 12 de marzo con 275.000 euros por insuficiencias en el cumplimiento de la normativa que regula la prevención del blanqueo de capitales. La empresa, que ha interpuesto recurso de reposición, considera que 'es una aplicación muy estricta de la ley'.

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), dependiente del Ministerio de Economía, ha instruido un expediente relativo al incumplimiento, por parte de Fadesa, de una serie de normas que regulan la colaboración de ciertas empresas, entre ellas las inmobiliarias, en la prevención del blanqueo de capitales.

Tras ese expediente, el Ministerio de Economía impuso el pasado 12 de marzo a la inmobiliaria gallega varias sanciones de multa con amonestación privada por un total de 275.000 euros por considerar que incumplía diversos aspectos de la normativa que prohíbe el blanqueo de capitales (Ley 19/1993 y el Real Decreto 925/1995).

Un portavoz de la empresa aseguró ayer que la sanción, frente a la que han interpuesto recurso de reposición, fue impuesta por carecer de un órgano colegiado de control y comunicación, así como por tener insuficientes medidas de control interno y por la poca formación que los empleados de la inmobiliaria recibieron respecto al blanqueo de capitales y su prevención, aspectos todos ellos a que obliga la normativa citada. 'Hemos recurrido por entender que fue una aplicación muy estricta de la ley', aseguró el citado portavoz, quien resalta que 'los hechos objeto del expediente no tenían relación con ninguna operación que pudiera haber presentado indicios de utilización por algún comprador de fondos de procedencia ilícita'.

El expediente sancionador tiene su origen en 2001, cuando, tras una visita ordinaria de inspección del Sepblac a la sede coruñesa de la inmobiliaria, se constataron las carencias.

Tras tres años de investigación, el Ministerio de Economía decidió imponer a la empresa una sanción grave (hay dos tipos: grave y muy grave). La empresa, que saldrá a Bolsa el próximo 30 de abril, incluyó una referencia a este expediente en su folleto informativo a requerimiento de la CNMV.

La inmobiliaria asegura que a la fecha del folleto ya cuenta con un órgano colegiado de control, ha establecido sistemas de control interno 'adecuados' y ha desarrollado acciones de formación de los empleados. 'En general, considera que ha subsanado las insuficiencias advertidas'.

Más información en la página 24

Norma: Inmobiliarias, entidades financieras y casinos, afectados

¦bull; Blanqueo La Ley 925/1995, desarrollada por un reglamento posterior, establece una serie de normas a cumplir por parte de empresas susceptibles de realizar actividades de blanqueo de dinero, como bancos, agencias de valores, inmobiliarias y casinos, entre otras.¦bull; Inspección La inspección, llevada a cabo por el Sepblac, no es fija y no se advierte previamente a la empresa.¦bull; Obligaciones Además de las referentes a los estrictos sistemas de control internos y de formación de empleados, la ley obliga a comunicar al Banco de España los cobros de más de 30.000 euros.

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