_
_
_
_
_
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

La transparencia, un bien público

Al nuevo Gobierno salido de las urnas, al que felicito sinceramente, le pediría una cosa; comportamiento ético, que en principio no tengo por qué dudar que será así, y derivado de él, transparencia absoluta en todas sus actuaciones. La transparencia es siempre un bien público, pero con mayor razón debe serlo en el sector público, donde al faltar el filtro del mercado, debe ser sustituido por una transparencia absoluta, ya que ésta es a los entes públicos lo que el mercado es a las empresas.

Nada más constituirse el Gobierno, uno de los primeros problemas que se encontrará encima de la mesa será el de las relaciones Estado-comunidades autónomas. El aspecto político de tal problema debe abordarse con absoluta transparencia dentro del marco constitucional del Estado de las autonomías (artículos 1 y 2 y título VIII), aquí no caben parches.

Las cuestiones derivadas de la Hacienda multijurisdiccional, consecuencia de la creación del Estado de las autonomías, deben resolverse teniendo en cuenta los principios generales de la Constitución que condicionan dicha Hacienda multijurisdiccional de eficiencia en la actuación de la Administración pública (art. 103), de solidaridad (art. 2, 138 y 156), de equidad en la distribución de la renta (art. 10), de unidad de mercado (art. 157), de no exportación de impuestos (art. 157), de potestad para establecer tributos (art. 133), de capacidad de pago y de equidad en la imposición (art. 31), de legalidad en los gastos públicos (art. 133), de equidad, eficiencia y economía en el gasto público (art. 31), de legalidad en cuanto a los gastos fiscales (art. 133), de subsidiariedad (art. 27), de suficiencia (art. 142), de autonomía financiera (art. 156), de legalidad en las operaciones financieras (art. 135) y de distribución de competencias entre los diferentes niveles de gobierno (art. 142, 148 y 149).

La aplicación estos preceptos ha dado lugar a un sistema de relaciones financieras de las comunidades autónomas de régimen normal con el Estado de las siguientes características:

a) Alto grado de descentralización del gasto total de las Administraciones públicas en las comunidades autónomas del 35%, porcentaje superior al de idéntico nivel de gobierno de los Estados federales, y de ellos, alrededor de las tres cuartas partes corresponden a las funciones de educación, sanidad y servicios sociales, los gastos que más aprecian los ciudadanos en cuantas encuestas se han realizado.

b) Alta corresponsabilidad fiscal.

c) Equidad bastante aceptable, tanto por el lado de los impuestos pagados por los residentes de una comunidad como por los servicios suministrados a los mismos.

El presupuesto es el instrumento donde quedan plasmadas las políticas públicas, la analizada y las restantes que dan lugar a la intervención del Estado en la economía. Por lo tanto, parece lógico analizar el grado de transparencia que tienen los presupuestos como expresión de los acuerdos alcanzados. El presupuesto es un documento complejo, no fácilmente inteligible para los ciudadanos, lo que comporta la necesidad de intentar hacerlo transparente, pero al mismo tiempo lleva consigo el germen de que así es más fácil ensombrecer los efectos de las políticas públicas recogidas.

La Ley General de Estabilidad Presupuestaria y la Ley General Presupuestaria incorporan el principio de transparencia. Sin embargo, ninguna establece la información que debe acompañarse al presupuesto, que sirva para verificar si el proyecto de presupuesto cumple tal principio. Para saber si las cuentas públicas dan la imagen fiel de la actividad de las Administraciones es necesario conocer el grado de transparencia existente en la elaboración y ejecución del presupuesto. La base para la credibilidad presupuestaria se encuentra en su transparencia; para que tal hecho suceda es imprescindible que el presupuesto recoja todas las transacciones derivadas de la actividad económico-financiera de las Administraciones, en el momento temporal adecuado y con la aplicación económica que le corresponda. Dado que los resultados de tal actividad vienen determinados por la capacidad/necesidad de financiación de los agentes públicos, y que éstos se miden en la UE por el sistema SEC-95 de contabilidad nacional, sería indispensable adaptar los criterios presupuestarios a los de contabilidad nacional, lo que daría una gran transparencia a los presupuestos.

Catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid

La complejidad del presupuesto comporta la necesidad de intentar hacerlo más transparente

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_