Libertad de movimiento
La inmutabilidad del domicilio social de las empresas europeas toca a su fin. Ahora, la diversidad de las legislaciones nacionales convierte en prácticamente imposible, y en algunos casos incluso lo prohíbe, que una compañía pueda trasladar su registro societario de un país a otro. La única posibilidad abierta, costosa y traumática, es la quiebra o liquidación del negocio para iniciarlo de nuevo en otro Estado de la UE. La Comisión Europea, en línea con lo que ya ocurre en EE UU, se dispone, y con razón, a acabar con este panorama. Una directiva regulará y facilitará el traslado transfronterizo del registro de una sociedad. El procedimiento que prevé Bruselas será tan sencillo como que la entidad legal de una empresa desaparezca en un país, pero no antes de que la sociedad disponga de una nueva personalidad legal en otro Estado miembro. La decisión del traslado deberá ser adoptada, con transparencia, por la junta de accionistas. Y el país de destino no podrá negarse a admitir el nuevo registro si la compañía cumple las condiciones exigibles a cualquier otra sociedad.
La iniciativa de Bruselas llega quizá en un momento poco afortunado. Coincide con el ingreso en la UE de 10 nuevos miembros, en la mayoría de los cuales los costes laborales son menos de un tercio que en los actuales socios. Pero el fantasma de la deslocalización no debe confundir sobre los beneficios que redundarán de una ley que permitirá a las empresas organizar con mucha más agilidad su estructura organizativa. El mercado único creado en 1992 se hace realidad con estas leyes. Y la mayor competencia y apertura de mercados contribuye más al crecimiento económico de la UE, en su conjunto y de cada uno de sus Estados, que a mantener anacrónicos compartimientos estancos legales.
La Comisión, prudentemente, ha iniciado un proceso de consulta con las partes afectadas. Las patronales y, sobre todo, los sindicatos deben aprovechar el plazo -hasta el 15 de abril- para mejorar la propuesta con sus aportaciones y lograr así que el texto supere después con facilidad la negociación entre los 25 Gobiernos de la UE. Las empresas y la competitividad europea reclaman la ley, y un retraso por una tortuosa negociación basada en argumentos nacionales a corto plazo irá en detrimento de todas las partes.
Como apunta la Comisión, las compañías deben gozar de igual libertad que cualquier ciudadano al elegir su domicilio social. Los criterios sólo dependen de ellas y, aunque se puede dar una especie de turismo fiscal, la respuesta no deben ser las barreras, sino la competencia impositiva entre los Estados. La UE avanza también hacia la armonización de la base imponible del impuesto de sociedades. Una vez que lo consiga, el afán recaudador de ciertos Estados quedará más patente.
La libertad de movimiento también permitirá a las empresas expresar su malestar con el intervencionismo de ciertas autoridades o con la falta de trasparencia de otras. E, incluso, tomar posición en ciertos debates sobre la orientación económica de un determinado país. El año pasado, multinacionales suecas como el gigante Ericsson advirtieron que podrían abandonar la producción en su país de origen si éste seguía fuera del euro. En el futuro, esa amenaza podrá convertirse en el traslado de la sede social.