Los trabajadores por cuenta propia también quieren la jubilación anticipada
Uno de los grandes caballos de batalla del colectivo de autónomos (sobre todo en determinadas profesiones como la de transportista) es conseguir la jubilación anticipada en las mismas condiciones que la que tienen los trabajadores asalariados.
Actualmente, los trabajadores del régimen general sólo pueden acceder a la jubilación anticipada por dos vías: a los 60 años, si han cotizado antes del uno de enero de 1967; y a los 61 años si han cotizado 30 años, han sido despedidos por sus empresas y están inscritos en las listas de desempleados.
Este último requisito es el que impide a todos los trabajadores autónomos acceder al retiro antes de los 65 años, ya que no pueden ser despedidos. 'Si alguien va a una peluquería y se encuentra con un peluquero de 65 años quizás no vuelve. A este peluquero no le despide nadie, le despide el mercado', asegura el secretario general de la Asociación de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor. En definitiva, Amor reclama que se equipare totalmente el acceso de los autónomos a la jubilación anticipada en los mismos términos que los trabajadores por cuenta ajena.
Por supuesto, en esta equiparación estarían incluidos los coeficientes penalizadores que restan entre un 6% y un 8% por cada año que se jubile un trabajador antes de los 65 años, al igual que ocurre en el régimen general, según admite Amor. Por el contrario, este colectivo se muestra satisfecho con las medidas para conseguir el efecto contrario: mantener a los autónomos mayores de 65 años en activo.
Para este grupo, existe una exención de cotizaciones sociales para el resto de su vida laboral si acreditan haber cotizado durante 35 años o más.