Novedades fiscales
La Ley de Presupuestos y su Ley de Acompañamiento no han traído este año los grandes cambios que tradicionalmente inauguran el año fiscal. Pero esta calma chicha tributaria es mera apariencia. Un goteo de normas, de reformas parciales o de adaptaciones a directivas y sentencias surgidas en 2003 introducen numerosos cambios en el marco fiscal para 2004. No en vano, y como así se ufana el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, desde 2000 se han aprobado 64 leyes. Muchas han nacido en 2003 y se aplican desde ahora.
En el IRPF nacen nuevas exenciones, como la que afecta a las becas de investigación y para cursar estudios tanto en España como en el extranjero. Debe tratarse de becas concedidas por la Administración o por entidades no lucrativas. También están exentas las prestaciones públicas por nacimiento, parto múltiple, adopción, hijos a cargo y acogimiento de menores. Se crea un régimen nuevo para extranjeros que se desplacen a España a trabajar. Desde este año elegirán entre tributar como residentes o como no residentes. Quienes se acojan a la devolución rápida del IRPF (apropiada para los no obligados a declarar) deben tener presente una nueva sanción de 150 euros por facilitar datos incorrectos. En materia de deducciones, el 15% del ahorro para crear una sociedad se desgrava.
En el impuesto de sociedades y fruto de una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, la subcapitalización (regla que obliga a computar como dividendo la parte de endeudamiento neto remunerado que excede de un tope) deja de aplicarse a las sociedades no residentes en España, pero que lo sean en un país de la UE. Se amplían los casos para aplicar la deducción plena para evitar la doble imposición interna de dividendos y en materia de planes de pensiones, las contribuciones extraordinarias aportadas serán deducibles sin que la empresa promotora del plan deba imputarlas fiscalmente al partícipe. La deducción por gastos del personal de I+D pasa del 10% al 20% y la base máxima de deducción por gastos en innovación tecnológica se eleva hasta 1.000.000 de euros.
En el impuesto sobre patrimonio, la exención para propietarios de acciones del negocio familiar se extiende a los usufructuarios vitalicios de esas acciones.
En el IVA se amplía la posibilidad de recuperar el impuesto de las facturas impagadas por clientes que no sean empresarios o profesionales si la base de la factura excede de 300 euros.
En materia de facturación hay novedades que van desde la supresión de emitir factura en situaciones como puede ser por determinadas obras de albañilería, hasta el contenido mismo de la factura o los casos en que puede ser sustituida por otros documentos.
Una de las grandes novedades del año será la entrada en vigor el 1 de julio de la Ley General Tributaria. Dada su complejidad y su efecto en materia como las sanciones a los contribuyentes o la forma de presentar recursos, abogados y asesores tendrán que estudiar duramente en estos meses.