El Constitucional niega el amparo al juez Liaño en su condena por prevaricación
El pleno del Tribunal Constitucional acordó ayer por amplia mayoría denegar el recurso de amparo solicitado por Javier Gómez de Liaño contra la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, de fecha 15 de octubre de 1999, en la que fue condenado a 15 años de inhabilitación y al pago de una multa de 3.245 euros como autor de un delito continuado de prevaricación, cometido en la instrucción del denominado caso Sogecable. El texto de la sentencia del Tribunal Constitucional será notificado oficialmente la próxima semana, junto con los votos particulares de los magistrados discrepantes. La decisión del Constitucional no tiene efectos prácticos sobre Gómez de Liaño, ya que fue indultado por el Gobierno el 1 de diciembre de 2000 y reintegrado en la carrera judicial en mayo de 2002, aunque con la prohibición de ejercer en la Audiencia Nacional, donde había delinquido, por un periodo de 25 años.