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Acuerdo

El Parlamento Europeo da luz verde a la directiva de regulación de OPA

El Parlamento Europeo ha dado luz verde a la última propuesta de directiva para regular las Opa después de haberla rechazado hace dos años. La propuesta ha sido aprobada por 321 votos a favor, 219 en contra y 19 abstenciones, con lo que ya no será necesaria una segunda lectura en el Parlamento.

La iniciativa acordada en noviembre por los ministros de Competitividad de la UE establece que dos de los principales artículos de la directiva serán de aplicación voluntaria, el 9 y el 11, lo que ha provocado las críticas de la Comisión Europea. El artículo 9 subraya la prohibición a los consejos de administración de las empresas de usar, sin el respaldo de los accionistas, ciertos mecanismos de defensa contra las Opa hostiles. El artículo 11 regula las llamadas "medidas de neutralización" que puede tomar una sociedad que ha lanzado la opa una vez que se ha completado, para compensar las acciones emprendidas por la otra empresa para defenderse.

La iniciativa incluye una cláusula de revisión por la que después de cinco años de la entrada en vigor de la directiva, la Comisión Europea la examinará a la luz de la experiencia adquirida y, en caso necesario, podrá proponer una revisión. Esta directiva es una pieza clave para crear un mercado financiero integrado y pretende dar mayor seguridad jurídica a las empresas y proteger a los accionistas minoritarios.

La propuesta para regular las Opa a nivel europeo ya contó con un primer revés importante en 2001, cuando el Parlamento Europeo rechazó el primer texto del Ejecutivo comunitario, debido a las fuertes presiones ejercidas por Alemania, por lo que Bruselas presentó una nueva versión el pasado octubre, que ha sido modificada por los gobiernos. Esta nueva directiva permitirá que los países puedan decidir si quieren aplicar o no estos artículos, y en el caso de que no lo hagan, las empresas tienen libertad de elegir si quieren aplicar los dos o sólo uno de ellos. Además, si un país opta por aplicarlos, siempre puede dar una exención a una empresa nacional objeto de una Opa, si la sociedad que la lanza pertenece a un Estado donde las medidas defensivas están autorizadas.

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