La inversión mínima en fondos de alto riesgo, 75.000 euros
Los fondos de inversión de alto riesgo, también llamados hedge funds, se podrán contratar en España a partir de la entrada en vigor del reglamento de fondos que ultima Economía, y que desarrolla la ley recientemente aprobada. En este reglamento se establecerán los criterios para que inversores profesionales o grandes fortunas puedan entrar en este tipo de fondos.
Según adelantó el secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos, durante su participación en unas jornadas organizadas por la APD y el instituto de consejeros-administradores sobre el buen gobierno de las sociedades, la inversión mínima será de 75.000 euros.
Los hedge funds operan de forma distinta -normalmente, más arriesgada- que los fondos tradicionales y buscan obtener más rentabilidad y desvincularla de la evolución de los mercados. Lo hacen invirtiendo con dinero prestado y a través de derivados. La ley española no impondrá limitaciones en estos dos aspectos, y los fondos dispondrán del máximo margen de maniobra. Por ello estarán sometidos a una política de mayor transparencia que el resto de instituciones de inversión colectiva. De Guindos aseguró que en el reglamento que regula este tipo de fondos de inversión se establecen numerosas cautelas que van más allá de las que deben cumplir otro tipo de instituciones de inversión colectiva.
Los fondos tendrán la denominación específica de alto riesgo
Además, su denominación disipará las dudas respecto al tipo de inversión que representan. Su nombre será 'Instituciones de Inversión Colectiva de Gestión Alternativa y Alto Riesgo'. Entre los requisitos que los fondos de alto riesgo deberán cumplir para poder gestionarse en España se encuentra, además, la obligación de estar inscritos en un registro específico y la exigencia de ofrecer mayor información a los partícipes. Además de la información trimestral, semestral y anual exigible para el resto de fondos, los de alto riesgo deberán hacer llegar un informe mensual sobre el estado de las inversiones a los suscriptores. Estos fondos de alto riesgo deberán informar de los gastos, de la política de endeudamiento y de la utilización de derivados. Otra de las condiciones que deberán cumplir es la obligación de que cuando el inversor vaya a suscribirlo acepte específicamente y por escrito las características de estos fondos. De Guindos explicó que se trata de dejar claro que el inversor conoce el tipo de fondo que está suscribiendo.
'Con estos requisitos, los gestores de estos fondos ubicados en España podrán hacer lo mismo que en los mercados más avanzados; eso sí, con la contrapartida de la transparencia', aseguró el secretario de Estado.
De Guindos añadió que el reglamento estará ultimado en los próximos meses y aclaró que no tenía sentido que no se regulase este tipo de inversiones cuando los inversores españoles ya los pueden suscribir en el exterior.