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Congreso

El Gobierno prohíbe por ley que las comunidades suban las pensiones

El Pleno del Congreso ha dado hoy el visto bueno definitivo a la Ley de Medidas Específicas en Materia de Seguridad Social, que persigue que no se vuelvan a aprobar los complementos de pensiones adoptados por algunas comunidades autónomas, caso de Andalucía o Cataluña. El texto ha contado con el voto favorable del PP y Coalición Canaria, frente a lo oposición del resto de los grupos.

La diputada del PSOE Isabel López i Chamosa ha criticado que se trata de una norma fruto del "cabreo" del Gobierno central ante un fallo del Tribunal Constitucional que ampara el complemento a las pensiones no contributivas adoptado en 1999 por el Ejecutivo andaluz. Además, para el portavoz de Política Social y Empleo de CiU, Carles Campuzano, la norma "impide el libre ejercicio de competencias" por parte de gobiernos autónomos.

En cambio, el portavoz del PP en el Pacto de Toledo, Tomás Burgos, ha asegurado que el interés de estos partidos es crear algunas regiones es un sistema de pagas discrecionales, y no políticas basadas en derechos.

Suspensión en el cobro

Además, la Ley incluye otras novedades. Entre ellas destaca que las empresas que han firmado un contrato con la administración pública e incurran en deudas con la Seguridad Social dejarán de cobrar por sus servicios.

Otras modificaciones persiguen simplificar las actuaciones en los casos en que una persona cometa una infracción en el cobro de una prestación. Hasta ahora se podía abrir la vía administrativa y la social, mientras que con la nueva norma todo deberá ser resuelto mediante los tribunales sociales.

También se regula un concepto referido a la Ley de Jubilación Gradual y Flexible, conocida como "jubilación a la carta". En concreto, se exigía hasta ahora que el trabajador acreditara que no había cesado voluntariamente de su puesto para acceder a la jubilación anticipada. Este requisito, según el PP, estaba provocando una litigiosidad que acababa con un fallo a favor del trabajador. Cuando se promulgue la ley, el trabajador ya no tendrá que acreditar que su cese había sido impuesto.

Por último, la Seguridad Social podrá perdonar las deudas que tengan determinadas entidades o personas con ella y que sean lo suficientemente escasas como para que no resulte rentable proceder al cobro. Esta posibilidad ya existe en el caso de la Agencia Tributaria y ahora se traslada a la Seguridad Social.

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